§1014054
El Pleno del Constitucional se negó, por mayoría de dos tercios, a examinar esas cuestiones, al entender que los jueces de un registro civil no tienen potestad para cuestionar los matrimonios entre personas del mismo sexo.
La inadmisión ha sido acordada por ocho votos a cuatro, y cuenta con el voto particular de los magistrados Jorge Rodríguez Zapata, Roberto García Calvo, Javier Delgado Barrio y Ramón Rodríguez Arribas.
El Tribunal Constitucional se pronunciará sobre la constitucionalidad o no de la citada ley cuando examine el recurso del Partido Popular contra esta norma. Este recurso si ha sido admitido a trámite por el Tribunal.
La decisión del Alto Tribunal desbloqueará las bodas que quedaron paralizadas.