§1013913
ORDEN DE 5 DE DICIEMBRE DE 2005 POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 11 DE NOVIEMBRE DE 2004, POR LA QUE SE DESARROLLAN LAS BASES DEL PROGRAMA DE LUCHA, CONTROL Y ERRADICACIÓN DE LA ENFERMEDAD DE AUJESZKY Y SE ADECÚAN AL MISMO LAS NORMAS SOBRE OTRAS ENFERMEDADES DEL GANADO PORCINO EN EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.
La favorable evolución de la situación sanitaria experimentada en los últimos años en el sector porcino en la Comunidad Autónoma de Extremadura, el incremento de los controles efectuados en el plan anual de seguimiento de enfermedades en cada una de las explotaciones, así como el seguimiento serológico en mataderos, permiten actualizar el plan de seguimiento sanitario que se viene realizando en la cabaña porcina agilizando el movimiento pecuario, imprescindible para el desarrollo de un sector competitivo, sin detrimento de la vigilancia epidemiológica.
En ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materias de ganadería y sanidad según lo establecido en los artículos 7.6 y 8.4 del Estatuto de Autonomía y el Real Decreto 3539/1981, de 29 de diciembre, de traspaso de funciones, competencias y servicios del Estado en materia de agricultura y ganadería, se revisa mediante la presente norma determinadas pruebas previas al movimiento de ganado porcino con destino a sacrificio previstas en la Orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de 11 de noviembre de 2004, por la que se desarrollan las bases del programa de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky y se adecúan al mismo las normas sobre otras enfermedades del ganado porcino en el ámbito de aplicación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, DISPONGO:
Artículo único. Modificación de la Orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de 11 de noviembre de 2004, por la que se desarrollan las bases del programa de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky y se adecúan al mismo las normas sobre otras enfermedades del ganado porcino en el ámbito de aplicación de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Orden de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de 11 de noviembre de 2004, por la que se desarrollan las bases del programa de lucha, control y erradicación de la enfermedad de Aujeszky y se adecúan al mismo las normas sobre otras enfermedades del ganado porcino en el ámbito de aplicación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se modifica en los siguientes términos:
Uno. El apartado b.1.2) de la letra b) del número 1 del artículo 5 queda redactado como sigue:
b.1.2) Porcinos con destino a vida no reproductores con destino a otras Comunidades Autónomas: se investigarán de Peste Porcina Africana en los términos establecidos en la legislación estatal.
Disposición final. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.