Diario del Derecho. Edición de 30/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 07/12/2005
 
 

CONFLICTOS POSITIVOS DE COMPETENCIA Y CUESTIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD

07/12/2005
Compartir: 

A continuación se insertan los conflictos positivos de competencia y las cuestiones de inconstitucionalidad publicados en el BOE de 9 de diciembre de 2005.

§1013891

Cuestión de inconstitucionalidad número 5384/2005, en relación con el artículo 11.4 de la Ley del Parlamento de les Illes Balears 9/1997, de 22 de diciembre, de diversas Medidas Tributarias y Administrativas.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 22 de noviembre actual, ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5384/2005 planteada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de les Illes Balears, en relación con el artículo 11.4 de la Ley del Parlamento de les Illes Balears 9/1997, de 22 de diciembre, de diversas Medidas Tributarias y Administrativas, por posible vulneración del artículo 14 de la Constitución.

Madrid, 22 de noviembre de 2005.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Conflicto positivo de competencia número 4595/1999, en relación con el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña de 31 de agosto de 1999, por el que se establece una ayuda económica para determinados pensionistas.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 22 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia número 4595/1999, planteado en relación con el Acuerdo del Gobierno de la Generalidad de Cataluña de 31 de agosto de 1999 por el que se establece una ayuda económica para determinados pensionistas, hecho público mediante Resolución del Departamento de Bienestar Social de 8 de septiembre de 1999, declarándose extinguido el proceso que fue admitido a trámite por providencia de 30 de noviembre de 1999.

Madrid, 22 de noviembre de 2005.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Conflicto positivo de competencia número 367/2000, en relación con el Acuerdo del Consejo de Gobierno de les Illes Balears de 12 de noviembre de 1999, por el que se aprueba la concesión de una ayuda económica para determinados beneficiarios de pensiones asistenciales y no contributivas.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 22 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia número 367/2000, planteado en relación con el Acuerdo del Consejo del Gobierno de les Illes Balears de 12 de noviembre de 1999, por el que se aprueba la concesión de una ayuda económica para determinados beneficiarios de pensiones asistenciales y no contributivas, publicado mediante Resolución de 17 de noviembre de 1999 del Consejero de Trabajo y Bienestar Social, declarándose extinguido el proceso que fue admitido a trámite por providencia de 1 de febrero de 2000.

Madrid, 22 de noviembre de 2005.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Conflicto positivo de competencia número 2851/2000, en relación con el artículo 9.1 y disposiciones adicionales cuarta y quinta del Real Decreto 69/2000, de 21 de enero, por el que se regulan los procesos de selección para el ingreso en los Centros Universitarios y los requisitos legales para acceso a la Universidad.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 22 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Letrado de la Generalidad de Cataluña, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia número 2851/2000, planteado en relación con el artículo 9.1 y disposiciones adicionales cuarta y quinta del Real Decreto 69/2000, de 21 de enero, por el que se regulan los procesos de selección para el ingreso en los Centros Universitarios y los requisitos legales para el acceso a la Universidad, declarando extinguido el proceso que fue admitido a trámite por providencia de 30 de mayo de 2000.

Madrid, 22 de noviembre de 2005.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Conflicto positivo de competencia número 2055/2001, en relación con el Acuerdo del Consejo del Gobierno de les Illes Balears de 29 de diciembre de 2000, por el que se aprueba la concesión de una ayuda económica para determinados beneficiarios de pensiones asistenciales y no contributivas.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 22 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia número 2055/2001, planteado en relación con el Acuerdo del Consejo del Gobierno de les Illes Balears de 29 de diciembre de 2000, por el que se aprueba la concesión de una ayuda económica para determinados beneficiarios de pensiones asistenciales y no contributivas, publicado mediante Resolución de 2 de febrero de 2001 del Consejero de Bienestar Social, declarándose extinguido el proceso que fue admitido a trámite por providencia de 8 de mayo de 2001.

Madrid, 22 de noviembre de 2005.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Conflicto positivo de competencia número 7315/2005, en relación con el Real Decreto 716/2005, de 20 de junio, por el que se restablece el funcionamiento de las apuestas hípicas externas de ámbito nacional y se autoriza su explotación a la entidad pública empresarial loterías y apuestas del Estado.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 22 de noviembre actual, ha admitido a trámite el conflicto positivo de competencia número 7315/2005, promovido por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, en relación con el Real Decreto 716/2005, de 20 de junio, por el que se restablece el funcionamiento de las apuestas hípicas externas de ámbito nacional y se autoriza su explotación a la entidad pública empresarial loterías y apuestas del Estado.

Madrid, 22 de noviembre de 2005.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana