§1013743
EDICTO POR EL QUE SE DECLARA LA NULIDAD DE ALGUNOS ARTÍCULOS DEL DECRETO 190/04 DE 13 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS VASCAS.
Se hace saber que en el recurso contencioso-administrativo número 2021/04, promovido por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Euskadi contra el Decreto 190/04 de 13 de octubre (BOPV 206 de 27-10-2004), por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de las Administraciones Públicas Vascas, se ha dictado sentencia el 08-07-2005, que ha alcanzado el carácter de firme, en cuyo fallo se ha acordado:
Declarar la nulidad de:
A) El art. 15.B) del D. 190/2004 de 13 de octubre, en el inciso o encomendar esta tarea a quien considere oportuno, a cuyo efecto adoptará los acuerdos pertinentes B) El art. 16.2 del D. 190/2004 en cuanto no desarrolla el sistema de designación del representante del personal en la comisión de valoración por la representación sindical, y establece una renuncia tácita.
El art. 55 del D. 190/2004 en cuanto posibilita el nombramiento de funcionarios interinos para el desarrollo transitorio de funciones retribuidas, siempre que exista dotación presupuestaria, sin referencia a plazas vacantes de plantilla (en el ámbito de la administración general de la CAPV) y a éstas y a programas temporales, en la administración foral y local.
Lo que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (LJCA), se hace público para general conocimiento.