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VIRUS DE LA GRIPE

10/11/2005
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Decreto 215/2005, de 25 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se amplía la composición del Comité Ejecutivo Autonómico para la prevención, el control y seguimiento de la evolución epidemiológica del virus de la gripe (BOA de 9 de noviembre de 2005). Texto completo.

§1013410

DECRETO 215/2005, DE 25 DE OCTUBRE, DEL GOBIERNO DE ARAGÓN, POR EL QUE SE AMPLÍA LA COMPOSICIÓN DEL COMITÉ EJECUTIVO AUTONÓMICO PARA LA PREVENCIÓN, EL CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA EVOLUCIÓN EPIDEMIOLÓGICA DEL VIRUS DE LA GRIPE.

Mediante el Decreto 179/2005, de 6 de septiembre, del Gobierno de Aragón, se crea el Comité Ejecutivo Autonómico para la prevención, el control y el seguimiento de la evolución epidemiológica del virus de la gripe. Dada la diversidad y el carácter multisectorial de las medidas que serían necesarias para hacer frente a una posible pandemia de gripe, así como la importancia de una adecuada coordinación con las Administraciones implicadas en el territorio de Aragón, se hace necesaria la inclusión en su composición de un representante del Departamento de Medio Ambiente

A propuesta de la Consejera de Salud y Consumo, y previa deliberación del Gobierno de Aragón en su reunión del día 25 de octubre de 2005,

DISPONGO:

Artículo Único.-Ampliación de la Composición del Comité Ejecutivo Autonómico para la prevención, el control y el seguimiento de la evolución epidemiológica del virus de la gripe.

Se amplía la composición del Comité Ejecutivo Autonómico para la prevención, el control y el seguimiento de la evolución epidemiológica del virus de la gripe incluyendo entre los vocales un representante del Departamento de Medio Ambiente, resultando su redacción tal y como sigue:

“Art. 3.-Composición

1. El Comité Ejecutivo Autonómico para la prevención, el control y el seguimiento de la evolución epidemiológica del virus de la gripe estará constituido por los siguientes miembros:

a) Presidente: La Consejera de Salud y Consumo o persona en quien delegue.

b) Secretario: Actuará como Secretario el Director General de Salud Pública, con voz y voto.

c) Vocales:

c.1. El Secretario General Técnico del Departamento de Salud y Consumo y el Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud.

c.2. Un representante, con cargo de Director General, de cada uno de los Departamentos siguientes:

-Presidencia y Relaciones Institucionales: Director General de Interior.

-Economía, Hacienda y Empleo: Directora General de Presupuestos, Tesorería y Patrimonio.

-Obras Públicas, Urbanismo y Transportes: Director General de Transportes.

-Agricultura y Alimentación: Director General de Alimentación.

-Industria, Comercio y Turismo: Director Gerente del Instituto Aragonés de Fomento.

-Educación, Cultura y Deporte: Director General de Administración Educativa.

-Servicios Sociales y Familia: Director Gerente del Instituto Aragonés de Servicios Sociales.

-Medio Ambiente: Director General del Medio Natural.

c.3. El Delegado del Gobierno en Aragón.

c.4. Un representante de la Sanidad Militar.”

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