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  • EDICIÓN DE 07/11/2005
 
 

PLAN DE GESTIÓN PARA LA PESQUERÍA DE ARRASTRE

07/11/2005
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Resolución de 7 de octubre de 2005, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se aprueba el Plan de Gestión para la pesquería de arrastre en el Golfo de Cádiz (BOJA de 7 de noviembre de 2005). Texto completo.

§1013365

RESOLUCIÓN DE 7 DE OCTUBRE DE 2005, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA, POR LA QUE SE APRUEBA EL PLAN DE GESTIÓN PARA LA PESQUERÍA DE ARRASTRE EN EL GOLFO DE CÁDIZ.

La Orden APA/2858/2005 de 14 de septiembre, por la que se establece un Plan para la conservación y gestión sostenible de la pesquería de arrastre de fondo en el Golfo de Cádiz establece que la parada temporal de esta flota podrá ser objeto de concesión de ayuda por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de 26 de julio de 2000, modificada mediante las Ordenes de 20 de mayo de 2004 y de 1 de agosto de 2005, regula, entre otras, las ayudas para planes de gestión y medidas de paralización temporal, prevé en su artículo 35 la exigencia de aprobación de los Planes de Gestión por el titular de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, a efectos de otorgamiento de las ayudas.

Una vez cumplidas las exigencias previstas en los artículos 64 apartado 2 y 65 del Real Decreto 1048/2003, de 1 de agosto, y en virtud de las facultades que me confiere la Orden de 26 de julio de 2000.

resuelvo:

Primero. Aprobación del Plan.

A los efectos previstos en el artículo 35 de la Orden de 26 de julio de 2000, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se regulan y convocan ayudas públicas para la mejora estructural y la modernización del sector pesquero andaluz, se aprueba el Plan de Gestión para la pesquería de arrastre en el Golfo de Cádiz que se regirá por lo dispuesto en la referida Orden y con arreglo a la presente Resolución.

Segundo. Medidas técnicas.

Además de las medidas técnicas establecidas en la normativa de general aplicación y en la Orden APA/2858/2005 de fecha 14 de septiembre, por la que se establece un Plan para la conservación y gestión sostenible de la pesquería de arrastre de fondo en el Caladero Nacional del Golfo de Cádiz, se establecen las siguientes medidas técnicas complementarias:

- El horario de salida y entrada en puerto para el ejercicio de la actividad pesquera será de 3 a 21 horas de lunes a jueves y de 3 a 19 horas el viernes, verificándose el descanso semanal de 56 horas continuadas entre las 19 horas del viernes y las 3 horas del lunes.

Tercero. Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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