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ARCHIVOS DE DATOS PERSONALES

12/07/2005
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Resolución de 23 de junio de 2005, del Rectorado de la Universidad Jaume I, relativa a la creación de cuatro archivos con datos personales y a la modificación de otro en aplicación del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (DOGV de 12 de julio de 2005). Texto completo.

§1011619

RESOLUCIÓN DE 23 DE JUNIO DE 2005, DEL RECTORADO DE LA UNIVERSIDAD JAUME I, RELATIVA A LA CREACIÓN DE CUATRO ARCHIVOS CON DATOS PERSONALES Y A LA MODIFICACIÓN DE OTRO EN APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY ORGÁNICA 15/1999, DE 13 DE DICIEMBRE, DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.

El artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, prevé que la creación, modificación o supresión de los archivos de las administraciones públicas sólo podrán hacerse por la vía de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

En cumplimiento de este mandato legal, el Rectorado de la Universidad Jaume I de Castellón resuelve:

Primero Aprobar la creación de los archivos que se indican en los anexos I al IV de esta disposición.

Segundo Aprobar la modificación del archivo que se indica en el anexo V de esta disposición.

Tercero Para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal de los archivos que se mencionan en los anexos y asegurar la utilización según las finalidades para las cuales fueron recogidos, las unidades administrativas responsables de estos archivos tienen que tomar las medidas necesarias de índole técnica y organizativa.

Cuarto Los derechos de acceso a los archivos mencionados, y también los de rectificación, cancelación y oposición al tratamiento, los han de ejercer las personas afectadas ante la unidad administrativa correspondiente, en la forma reglamentariamente establecida.

Quinto Los responsables de los archivos automatizados de datos deben advertir expresamente a los cesionarios de datos de carácter personal de su obligación de dedicarlos exclusivamente a la finalidad para la cual se ceden, de acuerdo con lo que establece el artículo 11.1, en relación con el 4.2 de la LOPD.

Sexto Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

ANEXO I

Voluntariado

1. Descripción: contiene los datos personales de los voluntarios que participan en programas de la Universidad Jaume I y de aquellas personas que se han inscrito en cursos de formación del voluntariado.

2. Finalidad: gestión de las actividades de cooperación al desarrollo, formación del voluntariado y remisión de información relacionada con las mismas 3. Personas o colectivos sobre los cuales se pretende obtener datos o resultan obligados a suministrarlos: interesados en participar en las actividades de cooperación organizadas por la Universidad o en cursos de formación del voluntariado.

4. Procedimiento de recogida de datos: formularios, y mediante la transmisión electrónica de datos de personas pertenecientes a grupos y asociaciones profesionales.

5. Estructura básica del archivo automatizado y descripción de los datos que contiene:

. De carácter identificativo.

6. Cesiones de datos que se prevén:

. Fundación de la Solidaridad y el Voluntariado de la Comunidad Valenciana.

7. Responsable del archivo: Universidad Jaume I.

8. Órgano ante el cual pueden ejercerse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Oficina de Cooperación para el Desarrollo y la Solidaridad. Universidad Jaume I. Edificio de Rectorado. Campus del Riu Sec.

E-12071. Castellón de la Plana. España. Teléfono: +34 964 729 390. Dirección electrónica: [email protected].

9. Plazo para rectificar o concretar datos: el establecido reglamentariamente.

10. Nivel de seguridad: bajo.

11. Disposiciones que amparan el archivo automatizado:

. Ley 3/1991, de la Generalitat Valenciana, de 19 de febrero, de Creación de la Universidad Jaume I de Castellón. (DOGV de 27.02.91).

. Decreto 252/2003, de 19 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el cual se aprueban los Estatutos de la Universidad Jaume I.

. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de los datos de carácter personal. (BOE de 14.12.99).

. Normas derivadas de la potestad autonormativa de la Universidad.

ANEXO II SOD 1. Descripción: contiene los datos personales de los usuarios del sistema de préstamo interbibliotecario.

2. Finalidad: gestión del sistema de préstamo interbibliotecario.

3. Personas o colectivos sobre los cuales se pretende obtener datos o resultan obligados a suministrarlos: usuarios del sistema de préstamo interbibliotecario, ya sean miembros de la comunidad universitaria o personas ajenas a la misma.

4. Procedimiento de recogida de datos: formularios, y mediante la transmisión electrónica de datos.

5. Estructura básica del archivo automatizado y descripción de los datos que contiene:

. De carácter identificador.

. De detalles de ocupación.

. De transacciones.

6. Encargados del tratamiento: KRONOSDOC SCP y NEXICA SL, o cualquier otra a la que se le adjudique la prestación del servicio, según las disposiciones legales en materia de contratación pública.

7. Responsable del archivo: Universidad Jaume I.

8. Órgano ante el cual pueden ejercerse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Biblioteca-Centro de Documentación. Universidad Jaume I. Edificio de Rectorado. Campus del Riu Sec. E-12071. Castellón de la Plana.

España. Teléfono: +34 964 728761. Dirección electrónica: [email protected].

9. Plazo para rectificar o concretar datos: el establecido reglamentariamente.

10. Nivel de seguridad: bajo.

11. Disposiciones que amparan el archivo automatizado:

. Ley 3/1991 de la Generalitat Valenciana, de 19 de febrero, de Creación de la Universidad Jaume I de Castellón. (DOGV de 27.02.91).

. Decreto 252/2003, de 19 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el cual se aprueban los Estatutos de la Universidad Jaume I.

. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de los Datos de Carácter Personal. (BOE de 14.12.99).

. Normas derivadas de la potestad autonormativa de la Universidad.

ANEXO III Futuro estudiantado 1. Descripción: contiene los datos de contacto de personas que responden al perfil de futuro estudiantado de la Universidad Jaume I y han acudido a actividades o acciones de promoción de la misma.

2. Finalidad: difusión de la oferta formativa y cultural de la Universidad.

3. Personas o colectivos sobre los cuales se pretende obtener datos o resultan obligados a suministrarlas: personas que han participado en actividades o acciones de promoción de la Universidad Jaume I y han manifestado interés por sus estudios.

4. Procedimiento de recogida de datos: formularios en papel y web.

5. Estructura básica del archivo automatizado y descripción de los datos que contiene:

. De carácter identificador.

. De carácter académico y profesional.

6. Encargado del tratamiento: Automáticas de Franqueo SL, o cualquier otra a la que se le adjudique la prestación del servicio, según las disposiciones legales en materia de contratación pública.

7. Responsable del archivo: Universidad Jaume I.

8. Órgano ante el cual pueden ejercerse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Servicio de Comunicación y Publicaciones. Universidad Jaume I. Edificio de Rectorado. Campus del Riu Sec. E-12071. Castellón de la Plana. España. Teléfono: +34 964 729 493. Dirección electrónica:

[email protected].

9. Plazo para rectificar o concretar datos: el establecido reglamentariamente.

10. Nivel de seguridad: bajo.

11. Disposiciones que amparan el archivo automatizado . Ley 3/1991, de la Generalitat Valenciana, de 19 de febrero, de Creación de la Universidad Jaume I de Castellón. (DOGV de 27.02.91).

. Decreto 252/2003, de 19 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el cual se aprueban los Estatutos de la Universidad Jaume I.

. Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de los Datos de Carácter Personal. (BOE de 14.12.99).

. Normas derivadas de la potestad autonormativa de la Universidad.

ANEXO IV Guía de expertos 1. Descripción: contiene los datos académicos y profesionales del personal docente e investigador perteneciente a universidades y centros de investigación españoles.

2. Finalidad: ofrecer una guía de acceso público para que los medios de comunicación puedan identificar rápidamente a expertos en una determinada materia.

3. Personas o colectivos sobre los cuales se pretende obtener datos o resultan obligados a suministrarlas: personal docente e investigador perteneciente a universidades y centros de investigación españoles que voluntariamente han decidido figurar en la guía.

4. Procedimiento de recogida de datos: formularios web.

5. Estructura básica del archivo automatizado y descripción de los datos que contiene:

. De carácter identificativo.

. De carácter académico o profesional.

. De detalles de empleo.

. Creaciones artísticas, literarias, científicas o técnicas.

6. Cesiones y transferencias de datos que se prevén:

. La guía será accesible vía web.

7. Responsable del archivo: Universidad Jaume I.

8. Órgano ante el cual pueden ejercerse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Servicio de Comunicación y Publicaciones. Universidad Jaume I. Edificio de Rectorado. Campus del Riu Sec. E-12071. Castellón de la Plana. España. Teléfono: +34 964 728 831. Dirección electrónica:

[email protected].

9. Plazo para rectificar o concretar datos: el establecido reglamentariamente.

10. Nivel de seguridad: bajo.

11. Disposiciones que amparan el archivo automatizado . Ley 3/1991, de la Generalitat Valenciana, de 19 de febrero de Creación de la Universidad Jaume I de Castellón. (DOGV de 27./02.91).

. Decreto 252/2003, de 19 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el cual se aprueban los Estatutos de la Universidad Jaume I.

. Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de los Datos de Carácter Personal. (BOE de 14.12.99).

. Normas derivadas de la potestad autonormativa de la Universidad.

ANEXO V Externos Se modifican únicamente los aspectos siguientes:

1. Finalidad: gestión administrativa, económica, comercial y control de acceso de las personas externas que mantienen relación con la Universidad Jaume I.

2. Estructura básica del archivo automatizado y descripción de los datos que contiene:

. De carácter identificador.

. De características personales.

. Académicas y profesionales.

. De detalles de empleo y carrera administrativa.

. De transacciones.

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