Diario del Derecho. Edición de 29/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 05/07/2005
 
 

REMUNERACIONES DEL PERSONAL

05/07/2005
Compartir: 

Orden de 20 de junio de 2005, por la que se establecen las remuneraciones del personal que eventualmente realice actividades complementarias y de colaboración en los procedimientos selectivos de personal, de pruebas libres de módulos profesionales conducentes a la obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional Específica, y de Graduado en Educación Secundaria para personas mayores de 18 años, organizados por la Consejería (BOJA de 1 de julio de 2005). Texto completo.

§1011463

ORDEN DE 20 DE JUNIO DE 2005, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS REMUNERACIONES DEL PERSONAL QUE EVENTUALMENTE REALICE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y DE COLABORACIÓN EN LOS PROCEDIMIENTOS SELECTIVOS DE PERSONAL, DE PRUEBAS LIBRES DE MÓDULOS PROFESIONALES CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DE TÍTULOS DE TÉCNICO Y TÉCNICO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL ESPECÍFICA, Y DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA PARA PERSONAS MAYORES DE 18 AÑOS, ORGANIZADOS POR LA CONSEJERÍA.

La Consejería de Educación, en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas, convoca regularmente pruebas selectivas para el ingreso y acceso en los Cuerpos docentes a que se refieren las Leyes Orgánicas 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, así como procedimientos para la adquisición de nuevas especialidades por el personal funcionario docente de determinados Cuerpos.

Asimismo, se convocan pruebas libres de módulos profesionales conducentes a la obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional Específica, y de Graduado en Educación Secundaria para personas mayores de 18 años.

Es por ello que se hace necesario regular y establecer un baremo retributivo para las personas que realicen actividades de colaboración y asesoramiento en la realización y seguimiento de dichas pruebas, siempre que tales actuaciones no puedan ser retribuidas conforme a lo establecido en las normas aplicables al respecto.

En su virtud, en uso de las atribuciones que me confieren los artículos 39 y 44.4 de la Ley 6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, D I S P O N G O Primero. Aprobar las remuneraciones del personal que eventualmente realice actividades complementarias y de colaboración en los procesos selectivos y de obtención de títulos de la Formación Profesional Específica y de graduado en Educación Secundaria para personas mayores de 18 años, convocados por la Consejería de Educación, que se publica como Anexo a la presente Orden.

Segundo. Las mencionadas remuneraciones serán de aplicación a todas aquellas personas que realicen las actividades descritas en el mismo, tanto si pertenecen a la Administración de la Junta de Andalucía como personal funcionario o laboral, como si son personas ajenas a la misma.

Tercero. Se autoriza a la Secretaría General Técnica para actualizar periódicamente, mediante Resolución dictada al efecto, las cantidades fijadas para cada uno de los conceptos publicados en el Anexo.

Cuarto. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación, desplegando efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2004.

A N E X O REMUNERACIONES DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS Y DE COLABORACIÓN EN LOS PROCESOS SELECTIVOS Y DE OBTENCIÓN DE TÍTULOS DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL ESPECIFICA Y DE GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA PARA PERSONAS MAYORES DE 18 AOS 1. Asesoramiento a Tribunales y Comisiones de Selección en los procedimientos de selección para el ingreso y acceso en los Cuerpos docentes a que se refieren las Leyes Orgánicas 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, así como procedimientos para la adquisición de nuevas especialidades por el personal funcionario docente de determinados Cuerpos.

1.1. Asesoramiento en la coordinación y seguimiento del procedimiento selectivo, asesoramiento para la calificación y valoración de la prueba práctica y realización de tareas técnicas de apoyo. Por cada sesión a la que asista como asesor, se compensará conforme a lo establecido para las indemnizaciones de los vocales del mismo Tribunal o Comisión de Selección.

1.2. Elaboración de prueba práctica para cada una de las especialidades convocadas en los correspondientes procesos selectivos: Por cada especialidad 300 euros.

2. Asesoramiento a las Comisiones de Evaluación que se constituyan para la realización de pruebas libres de módulos profesionales conducentes a la obtención de títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional Específica. Por cada sesión a la que se asista como asesor, se compensará conforme a lo establecido para las indemnizaciones de los Vocales de las referidas Comisiones.

3. Elaboración e informe de material didáctico dirigido al personal aspirante inscrito en las pruebas para la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria para personas mayores de 18 años, y elaboración de los ejercicios respectivos de dichas pruebas. Importe: Mínimo 150 euros, máximo 300 euros.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana