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  • EDICIÓN DE 30/06/2005
 
 

SUBSANACIÓN DE DOCUMENTACIÓN

30/06/2005
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Resolución de 17 de junio de 2005, de la Delegación del Gobierno de Jaén, por la que se dispone la publicación del trámite de subsanación de la documentación presentada por las Entidades Locales andaluzas, que dispongan de Oficina de Información al Consumidor, solicitantes de las subvenciones convocadas mediante la Orden que se cita (BOJA de 30 de junio de 2005). Texto completo.

§1011371

RESOLUCIÓN DE 17 DE JUNIO DE 2005, DE LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO DE JAÉN, POR LA QUE SE DISPONE LA PUBLICACIÓN DEL TRÁMITE DE SUBSANACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN PRESENTADA POR LAS ENTIDADES LOCALES ANDALUZAS, QUE DISPONGAN DE OFICINA DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR, SOLICITANTES DE LAS SUBVENCIONES CONVOCADAS MEDIANTE LA ORDEN QUE SE CITA.

Vista la Orden de la Consejería de Gobernación de 18 de marzo de 2005 (BOJA núm. 68, de 8 de abril), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades Locales andaluzas que dispongan de Oficinas de Información al Consumidor y se efectúa su convocatoria para el año 2005, y fundamentado en los siguientes ANTEDECENTES DE HECHO Primero. En la Disposición mencionada se establecen el lugar y plazo de presentación de solicitudes, así como la documentación a aportar por las Entidades Locales.

Segundo. Comprobadas las solicitudes presentadas en plazo por las Entidades Locales, así como la documentación aportada por las mismas, se observa que los documentos que se relacionan para cada Entidad solicitante en el Anexo a la presente Resolución no figuran en el expediente o bien han de subsanarse en el sentido que exige la Orden de convocatoria.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), regula el trámite de subsanación y mejora de las solicitudes presentadas por los interesados.

Segundo. El artículo 9 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 18 de marzo de 2005, en relación con lo dispuesto en el artículo 11.4 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, que aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, en relación con el 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que si la solicitud no reúne los requisitos exigidos por las mismas, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días subsane la falta o acompañe dichos documentos preceptivos; así como que los requerimientos de subsanación de errores que deban ser realizados se publicarán en el tablón de anuncios de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, publicándose, asimismo, un extracto del contenido del acto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, indicando el tablón donde se encuentre expuesto el contenido íntegro.

Tercero. El artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dispone la publicación de los actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo.

A la vista de lo expuesto anteriormente, R E S U E L V O Primero. Requerir a cada una de las Entidades Locales indicadas en el Anexo para que en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente acto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, remitan a esta Delegación del Gobierno la documentación preceptiva señalada en el mismo, necesaria para la oportuna tramitación de los expedientes, teniéndoles en caso contrario, por desistidos de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto en los términos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Ordenar la publicación del presente acto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, indicando que el contenido íntegro del mismo se encuentra expuesto en el tablón de anuncios de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén, sito en la Plaza de las Batallas, 1.

ANEXO

Tabla Omitida

(*) Documentos a aportar/subsanar:

Respecto a los Gastos de Inversión:

7.1.a) Proyecto descriptivo de las actividades a desarrollar por la O.I.C. durante 2005, rubricado por el Concejal competente en materia de Consumo.

7.1.b) Certificado del presupuesto de la Entidad Local en materia de Consumo en 2005.

7.1.c) Certificado del acuerdo del órgano competente de la Entidad Local por el que se apruebe:

7.1.c.1) Presupuesto desglosado de las inversiones a realizar.

7.1.c.2) Importe de la subvención que se solicita.

7.1.c.3) En caso de que la Entidad Local se comprometa a colaborar en la financiación de la inversión, cantidad que aportaría.

7.1.c.4) Declaración de conformidad con la minoración.

7.1.d) En caso de que la O.I.C. se haya creado en 2005 o en 2004, certificado en el que conste fecha de creación y nombre del responsable.

7.1.e) Copia autenticada del DNI del representante de la Entidad Local.

7.1.f) Copia autenticada de Tarjeta de Identificación Fiscal de la Entidad Local.

7.1.g) Copia auténticada del documento que certifique los nombramientos del alcalde y concejal en materia de Consumo, o de personas delegadas.

7.1.h) En caso de firmar por delegación, copia auténtica del acto correspondiente.

Respecto a los Gastos Corrientes:

7.2.a) Proyecto descriptivo de las actividades a desarrollar por la O.I.C. durante 2005, rubricado por el Concejal competente en materia de Consumo.

7.2.b) Certificado del presupuesto de la Entidad Local en materia de Consumo en 2005.

7.2.c) Certificado del acuerdo del órgano competente de la Entidad Local por el que se apruebe:

7.2.c.1) Presupuesto desglosado de las inversiones a realizar.

7.2.c.2) Importe de la subvención que se solicita.

7.2.c.3) En caso de que la Entidad Local se comprometa a colaborar en la financiación de la inversión, cantidad que aportaría.

7.2.c.4) Declaración de conformidad con la minoración.

7.2.d) En caso de que la O.I.C. se haya creado en 2005 o en 2004, certificado en el que conste fecha de creación y nombre del responsable.

7.2.e) Copia autenticada del DNI del representante de la Entidad Local.

7.2.f) Copia autenticada de Tarjeta de Identificación Fiscal de la Entidad Local.

7.2.g) Copia autenticada del documento que certifique los nombramientos del alcalde y concejal en materia de Consumo, o de personas delegadas.

7.2.h) En caso de firmar por delegación, copia auténtica del acto correspondiente.

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