§1011082
DECRETO 122/2005, DE 14 DE JUNIO, POR EL QUE SE MODIFICA EL ANEXO DEL DECRETO 397/1996, DE 12 DE DICIEMBRE, SOBRE LOS CENSOS ELECTORALES DE LAS CÁMARAS OFICIALES DE COMERCIO, INDUSTRIA Y NAVEGACIÓN DE CATALUÑA.
Mediante el Decreto 397/1996, de 12 de diciembre, sobre los censos electorales de las cámaras oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Cataluña se fijaron unos criterios objetivos de clasificación de los electores de estas corporaciones públicas, si bien en su anexo no se recogieron los epígrafes 80, Educación y el 85, Actividades sanitarias y veterinarias, servicios sociales, a pesar de que sí se encontraban previstos en los trabajos técnicos que sirvieron de base a dicho Decreto.
Visto que las consecuencias de esta omisión afectan al censo electoral de las cámaras y, como no incluye las personas naturales y jurídicas que integran dichos epígrafes, les impide ejercer el derecho más importante que les otorga la condición de miembro de la cámara, que es el de participar en los asuntos de ésta, tanto por ser elector o electora y escoger las personas miembros de los órganos de gobierno, como por ser elegible y formar así parte de éstos, se debe modificar la norma, con el fin de incluir las actividades de mercado de los epígrafes 80, Educación y 85, Actividades sanitarias y veterinarias, servicios sociales, del grupo 15 Otros servicios destinados a la venta, en la clasificación por grupos y categorías que se recogen en su Anexo.
Por ello, en uso de las facultades conferidas legalmente, de conformidad con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta del consejero de Comercio, Turismo y Consumo y de acuerdo con el Gobierno,
Decreto:
Artículo único
Se aprueba la propuesta de sectorización de los grupos económicos y categorías de las empresas que integran los censos electorales de las cámaras oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Cataluña, que se anexa a este Decreto con el fin de incluir las actividades de mercado de los epígrafes 80, Educación y 85, Actividades sanitarias y veterinarias, servicios sociales, del grupo 15 Otros servicios destinados a la venta, y que sustituye la que figura como Anexo de la Instrucción aprobada por el Decreto 397/1996, de 12 de diciembre, sobre los censos electorales de las cámaras oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Cataluña.
Disposición final
Este Decreto entrará en vigor al siguiente día de su publicación en el DOGC.
Anexo
Propuesta de sectorización de los grupos económicos y categorías
Omitido.