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  • EDICIÓN DE 30/05/2005
 
 

PROYECTOS DE INTERVENCIÓN SOCIAL

30/05/2005
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Orden de 16 de mayo de 2005 por la que se convocan subvenciones a entidades públicas que desarrollan proyectos de intervención social integral para la erradicación de la pobreza (DOE de 28 de mayo de 2005). Texto completo.

§1010704

ORDEN DE 16 DE MAYO DE 2005 POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A ENTIDADES PÚBLICAS QUE DESARROLLAN PROYECTOS DE INTERVENCIÓN SOCIAL INTEGRAL PARA LA ERRADICACIÓN DE LA POBREZA.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Decreto 93/2005, de 12 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a entidades públicas que desarrollan proyectos de intervención social integral para la erradicación de la pobreza, establece en su artículo 4 que estas subvenciones se tramitarán por el procedimiento de concurrencia competitiva, que se iniciará de oficio mediante orden de convocatoria aprobada por la Consejera de Bienestar Social.

La Ley 9/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2005 contempla una partida presupuestaria destinada a financiar las subvenciones que a estos efectos pueda convocar la Consejería de Bienestar para el ejercicio 2005.

Por lo expuesto, en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me son conferidas, de conformidad con el artículo 92 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura:

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto.

1. El objeto de la presente Orden es realizar la convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación del gasto en el ejercicio 2005 de los proyectos de intervención social dirigidos a potenciar el desarrollo de actuaciones a favor de personas y zonas en situación o riesgo de pobreza y exclusión.

2. La convocatoria se regulará en virtud de lo dispuesto en el Decreto 93/2005, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a entidades públicas que desarrollan proyectos de intervención social integral para la erradicación de la pobreza (D.O.E. núm. 44, de 19 de abril de 2005).

Artículo 2. Plazo de presentación de solicitudes El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Extremadura.

Artículo 3. Solicitudes y documentación 1. Las solicitudes para la obtención de las subvenciones seguirán el modelo que figura en el Anexo I.

2. La documentación a presentar junto a la solicitud será la siguiente:

– Proyecto de trabajo para el año 2005, conforme al Anexo II.

– Presupuesto de ingresos y gastos del proyecto para el año 2005, firmado por el Interventor o Secretario de la entidad y con el visto bueno de su Presidente.

– Aprobación del Proyecto por el Pleno Municipal del Ayuntamiento.

Artículo 4. Aplicación presupuestaria y crédito disponible 1. Las subvenciones se imputarán a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura de 2005, teniendo como límite el crédito que figura en la aplicación presupuestaria 14. 04. 313C. 460 con una dotación de 217.979 euros, en el proyecto 2004 14 04 0001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005.

2. Esta cuantía podrá ser aumentada, antes de la resolución del procedimiento de concesión de subvenciones, con las cantidades que incorporadas al presupuesto sean aprobadas mediante Resolución de la Consejera de Bienestar Social para esta finalidad; sin que ello implique abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes.

DISPOSICIONES FINALES Primera. Se faculta a la Dirección General Migraciones, Cooperación y Prestaciones para dictar cuantos actos y resoluciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Segunda. La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.

Anexos

Omitidos.

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