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TITULARES DE CENTROS DE EDUCACIÓN

18/05/2005
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Resolución EDC/1484/2005, de 5 de mayo, por la que se otorgan subvenciones a las corporaciones locales titulares de centros de educación preescolar que firmaron un convenio de creación con efectos a lo largo del curso 2003-2004 y no recibieron subvención en la Resolución EDC/3055/2004, de 9 de noviembre (DOGC de 18 de mayo de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN EDC/1484/2005, DE 5 DE MAYO, POR LA QUE SE OTORGAN SUBVENCIONES A LAS CORPORACIONES LOCALES TITULARES DE CENTROS DE EDUCACIÓN PREESCOLAR QUE FIRMARON UN CONVENIO DE CREACIÓN CON EFECTOS A LO LARGO DEL CURSO 2003-2004 Y NO RECIBIERON SUBVENCIÓN EN LA RESOLUCIÓN EDC/3055/2004, DE 9 DE NOVIEMBRE.

La disposición adicional 2.2 de la Ley orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, prevé que la creación de centros docentes, cuyos titulares sean las corporaciones locales, se realizará por convenio entre éstas y la Administración educativa.

El Acuerdo de 21 de enero de 2002 entre el Departamento de Educación y las entidades municipalistas, Federación de Municipios de Cataluña y Asociación Catalana de Municipios y Comarcas, sobre la financiación de las plazas de educación preescolar, de los centros de titularidad municipal, establece las cantidades que el Departamento de Educación se compromete a aportar, como máximo, para cada una de las plazas mencionadas.

Dado que se firmaron varios convenios de creación de centros de educación preescolar con corporaciones locales con efectos durante el curso 2003-2004 y no percibieron ninguna subvención en la Resolución EDC/3055/2004, de 9 de noviembre, por la que se otorgan subvenciones a las corporaciones locales titulares de centros de educación preescolar para el curso 2003-2004, ahora deben subvencionarse;

De acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el capítulo IX del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, y a propuesta de la Dirección General de Centres Docentes,

Resuelvo:

.1 Otorgar a las corporaciones locales titulares de centros de educación preescolar las subvenciones que se detallan en el anexo de esta Resolución, destinadas a minorar las cuotas para el servicio de educación, a cargo de la aplicación presupuestaria D/460130300/4222, del órgano gestor EN04 del presupuesto del año 2005 por un importe de 124.640,00 euros.

La actividad que se subvenciona es la escolarización correspondiente al curso escolar 2003-2004 de aquellas corporaciones locales que firmaron convenio de creación con efectos a lo largo del curso escolar mencionado, y no recibieron subvención en la Resolución EDC/3055/2004, de 9 de noviembre.

.2 El importe de la subvención se calculará de acuerdo con los mismos criterios que los utilizados en la Resolución EDC/3055/2004, de 9 de noviembre:

En los centros con 12 alumnos o más, el importe de la subvención será de 950,00 euros/alumno/curso.

Los centros que tengan entre 5 y 12 alumnos recibirán la misma subvención que un centro de 12.

Los centros con menos de 5 alumnos no recibirán subvención.

.3 Una vez publicada esta Resolución en el DOGC, el Departamento de Educación tramitará el pago de la subvención, en el momento en que las corporaciones locales envíen a la Dirección General de Centros Docentes, Servicio de Régimen Económico, la documentación siguiente:

Acuerdo del pleno del ayuntamiento por el que se acepta la subvención.

Certificación del secretario de la corporación sobre el coste del servicio correspondiente al curso escolar 2003-2004.

Declaración de no incurrir en ninguno de los supuestos que establece el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Declaración de que ni la corporación local ni ningún organismo de ésta recibe, de la Generalidad de Cataluña y sus organismos autónomos, ninguna otra subvención por el mismo concepto.

.4 La participación del Departamento de Educación en la financiación de las plazas de educación preescolar de los centros de titularidad municipal, no podrá superar, en ningún caso, la tercera parte del coste real del servicio que se haya justificado según la documentación que consta en el apartado anterior.

.5 Los beneficiarios de la subvención quedan obligados a facilitar toda la información que les requieran los órganos de control de la Administración de la Generalidad de Cataluña.

.6 Este gasto no tiene carácter recurrente y queda supeditado a las disponibilidades presupuestarias del Departamento de Educación.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Asimismo, pueden interponer potestativamente requerimiento, previo al recurso contencioso administrativo, ante el órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de su publicación en el DOGC, según lo que dispone el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Anexo

Servicios territoriales en Barcelona II(Comarcas)

Municipio: Olesa de Bonesvalls.

Centro: EEI de Olesa de Bonesvalls.

Código: 08063400.

Importe: 10.450,00 euros.

Municipio: Sant Joan de Vilatorrada.

Centro: EEI de Sant Joan de Vilatorrada.

Código: 08063953.

Importe: 2.897,50 euros.

Municipio: Badalona.

Centro: EEI Municipal.

Código: 08063515.

Importe: 12.587,50 euros.

Municipio: Cànoves i Samalús.

Centro: EEI Creativitat de Cànoves.

Código: 08063527.

Importe: 3.895,00 euros.

Municipio: Castellgalí.

Centro: EEI de Castellgalí.

Código: 08063412.

Importe: 4.275,00 euros.

Servicios territoriales en El Baix Llobregat-Anoia

Municipio: Cornellà de Llobregat.

Centro: EEI Edelweis.

Código: 08063451.

Importe: 11.400,00 euros.

Servicios territoriales en Girona

Municipio: Girona.

Centro: EEI El Pont.

Código: 17008331.

Importe: 34.770,00 euros

Municipio: Sarrià de Ter.

Centro: EEI de Sarrià de Ter.

Código: 17008213.

Importe: 22.610,00 euros

Municipio: Guissona.

Centro: EEI Patufet.

Código: 25008704.

Importe: 7.030,00 euros.

Servicios territoriales en Tarragona

Municipio: La Pobla de Montornès.

Centro: EEI de La Pobla de Montornès.

Código: 43010271.

Importe: 1.425,00 euros.

Servicios territoriales en Les Terres

de l'Ebre

Municipio: L'Ampolla.

Centro: EEI de L'Ampolla.

Código: 43010293.

Importe: 7.600,00 euros.

Municipio: Tivenys.

Centro: EEI de Tivenys.

Código: 43010268.

Importe: 5.700,00 euros.

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