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CONCURSO PARA PREMIAR ACCIONES EJEMPLO DE DEPORTIVIDAD

28/04/2005
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Orden de 4 de abril de 2005 por la que se convoca concurso para premiar acciones ejemplo de deportividad, durante el curso escolar 2004/2005 (DOE de 28 de abril de 2005). Texto completo.

ORDEN DE 4 DE ABRIL DE 2005 POR LA QUE SE CONVOCA CONCURSO PARA PREMIAR ACCIONES EJEMPLO DE DEPORTIVIDAD, DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2004/2005.

Corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con el artículo 7.1.18 del Estatuto de Autonomía de Extremadura, la competencia exclusiva de promoción del deporte y de la adecuada utilización del ocio, ejercitando tales competencias a través de la Consejería de Cultura de la Junta de Extremadura y, más específicamente de la Dirección General de Deportes.

En este marco, la Dirección General de Deportes tiene como objetivos el fomento, coordinación y apoyo de la actividad deportiva, el impulso de iniciativas institucionales y sociales que favorezcan el ejercicio y disfrute de tal actividad por los ciudadanos extremeños, marcando un especial interés en la promoción del deporte escolar instrumentalizada a través de las campañas anuales de los Juegos Deportivos Extremeños (JUDEX).

Por todo lo anteriormente expuesto, previa propuesta del Ilmo.

Director General de Deportes y, de conformidad con las competencias que legalmente tengo atribuidas, DISPONGO:

Artículo uno.

Se convoca concurso para premiar acciones ejemplo de deportividad, durante el curso escolar 2004/2005.

Artículo dos.

El concurso para premiar acciones ejemplo de deportividad intenta impulsar el juego limpio y la deportividad en las edades comprendidas en los Juegos Deportivos Extremeños, su entorno (padres, entrenadores, delegados, árbitros, espectadores) etc. Para ello se convoca el presente concurso desarrollado a través del Anexo I de la presente Orden, con el objetivo de hacer un llamamiento entre todos los participantes de los Judex a un comportamiento positivo dentro y fuera de los terrenos de juego.

Dicho concurso premiará una situación que, a juicio del proponente merezca ser premiada, porque en el momento de acometerla supuso un ejemplo del buen hacer y de deportividad.

DISPOSICIONES FINALES Primera.- Se faculta al Director General de Deportes para dictar cuantos actos y resoluciones sean necesarios para el desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Segunda.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Diario Oficial de Extremadura”.

ANEXO I BASES DEL CONCURSO PARA PREMIAR ACCIONES EJEMPLO DE DEPORTIVIDAD. DURANTE EL CURSO ESCOLAR 2004/05 BASE PRIMERA.- Destinatarios y cuantías de los premios.

1.- La presente convocatoria está destinada a todos los participantes inscritos en los Juegos Deportivos Extremeños en cualquier modalidad deportiva y en cualquier categoría durante la temporada 2004/2005.

2.- El importe total a distribuir en esta convocatoria es de 2.400 euros en material deportivo y/o equipamiento deportivo con cargo a la aplicación presupuestaria: 2005 17.04.457-A.642 SUPERPROYECTO: 2005 17 04 9006 PROYECTO 2005 17 04 0017 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de 2005, estableciéndose un premio individual y uno colectivo, con las siguientes dotaciones:

– Premio para equipos:

Trofeo y 1.800 €.- En material deportivo.

– Premio individual:

Trofeo y 600 €.- En material deportivo.

BASE SEGUNDA: Modalidades.

1.- Se establecen dos modalidades de premios:

A. Para equipos.

B. Para deportista individual.

En ambos casos se trata de premiar una situación que, a juicio del proponente merezca la pena ser premiada porque en el momento de acometerla haya supuesto un ejemplo de buen hacer y de deportividad.

BASE TERCERA: Propuestas.

1.- La propuesta podrá ser realizada por cualquier testigo que haya presenciado algún gesto de deportividad en cualquier competición organizada y celebrada al amparo de los Judex 2004/2005.

2.- La propuesta será realizada por escrito según modelo establecido en el Anexo II de esta Orden, en la que se explicará cual ha sido la acción, y que podrá ser acompañada por cualquier medio de prueba que se considere oportuno. La propuesta podrá así mismo, ser avalada por todos aquellos que quieran. Para ello podrán ratificarla según se establece en el Anexo II.

3.- En la propuesta debe constar la situación que el proponente tenía en el campo de juego (deportista, técnico, público, etc.) BASE CUARTA: Presentación de propuestas.

1.- Las propuestas, junto con la documentación anexa que consideren oportuna, se dirigirá al Excmo. Sr. Consejero de Cultura de la Junta de Extremadura, en la sede de la Consejería de Cultura (c/ Almendralejo, 14 de Mérida), en la Dirección General de Deportes (c/ Juan Pablo Forner 4, 2º planta de Mérida), en las Oficinas Técnicas Judex en Badajoz (Avda. de Huelva, 2), Cáceres (Plaza de San Jorge, s/n.), así como en los Registros y Oficinas a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (En adelante Ley 30/92).

2.- El envío de propuestas podrá realizarse a partir del día siguiente a la publicación de estas bases en el Diario Oficial de Extremadura. El plazo de finalización de envíos de propuestas concluye el 15 de julio de 2005.

BASE QUINTA: Jurado.

El jurado que decidirá cuál de las acciones propuestas debe ser galardonada, estará presidido por el Director General de Deportes, Manuel Martínez Dávila.

Formarán parte del mismo en calidad de vocal todos los miembros del comité ejecutivo de los Juegos Deportivos Extremeños 2004/2005. (14 miembros).

El secretario será un funcionario de la Dirección General de Deportes.

BASE SEXTA: Aceptación de las bases.

La presentación de la convocatoria del presente concurso supone aceptar las bases del mismo. El incumplimiento de las presentes bases determinará la exclusión automática del concurso.

BASE SÉPTIMA: Discrepancia en la interpretación de las bases.

Cualquier duda o discrepancia sobre la interpretación de las bases será resuelta por la Dirección General de Deportes.

Anexo II

Omitido.

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