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  • EDICIÓN DE 18/04/2005
 
 

ABONO DE LAS CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

18/04/2005
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Resolución TRI/1032/2005, de 7 de febrero, por la que se determina el importe máximo para el año 2005 destinado a las subvenciones consistentes en el abono de las cuotas de la Seguridad Social a los trabajadores que hayan capitalizado la prestación de desempleo, reguladas en la Orden TRE/139/2002, de 16 de abril (código de reserva Z34) (DOGC de 18 de abril de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN TRI/1032/2005, DE 7 DE FEBRERO, POR LA QUE SE DETERMINA EL IMPORTE MÁXIMO PARA EL AÑO 2005 DESTINADO A LAS SUBVENCIONES CONSISTENTES EN EL ABONO DE LAS CUOTAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL A LOS TRABAJADORES QUE HAYAN CAPITALIZADO LA PRESTACIÓN DE DESEMPLEO, REGULADAS EN LA ORDEN TRE/139/2002, DE 16 DE ABRIL (CÓDIGO DE RESERVA Z34).

Considerando que el artículo 2 de la Orden TRE/139/2002, de 16 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones consistentes en el pago de las cuotas de la Seguridad Social de los trabajadores que hayan capitalizado la prestación de desempleo (DOGC núm. 3631, de 8.5.2002), establece que anualmente, mediante una resolución del consejero de Trabajo e Industria que se publicará en el DOGC, se determinará el importe máximo destinado a la concesión de las subvenciones y la partida presupuestaria a cuyo cargo se concederán las subvenciones.

Vista la Ley 11/2004, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2005 (DOGC núm. 4292, de 31.12.2004), i el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de la Generalidad de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), modificado por la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de medidas financieras (DOGC núm. 4292, de 31.12.2004);

Considerando que el otorgamiento de estas subvenciones irá a cargo de la partida presupuestaria TI05.472.4000.00.3221 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2005;

Vistos los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, a propuesta de la Dirección General de Economía Cooperativa, Social y de Autoocupación y en uso de las atribuciones que me son conferidas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

El importe máximo para el año 2005 destinado a las subvenciones consistentes en el pago de las cuotas de la Seguridad Social a los trabajadores que hayan capitalizado la prestación de desempleo ( código de reserva Z34), es de 1.800.000 euros, con cargo a la partida presupuestaria TI05.472.4000.00.3221 de los presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el año 2005.

Disposición final

Esta Resolución producirá efectos desde el día siguiente de su publicación en el DOGC.

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