PROVIDENCIA DE 22 DE FEBRERO DE 2005, DE LA SALA TERCERA DEL TRIBUNAL SUPREMO, SOBRE PLANTEAMIENTO DE CUESTIÓN DE ILEGALIDAD DEL ARTÍCULO 46.DOS.2, PÁRRAFO SEGUNDO EN SU ÚLTIMO INCISO, DEL REGLAMENTO DEL IRPF APROBADO POR REAL DECRETO 1841/1991, DE 30 DE DICIEMBRE
En la cuestión de ilegalidad n.º 5/2004, planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sala Contencioso- Administrativo, Sección Segunda de Zaragoza, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 22 de febrero de 2005, del siguiente tenor:
“Providencia Madrid, a veintidós de febrero de dos mil cinco.
Dada cuenta; se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por el T.S.J. Aragón Con/Ad, sección 2.ª de Zaragoza, sobre en relación con el artículo 46.Dos.2, párrafo segundo en su último inciso, del Reglamento del IRPF aprobado por R.D. 1841/1991, de 30 de diciembre.
Publíquese el planteamiento de esta cuestión en el Boletín Oficial del Estado en cumplimiento de lo que dispone el art. 124.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y remítanse las presentes actuaciones a la Sección Segunda conforme a las reglas de reparto de asuntos.
Lo acuerda la Sala y firma el Excmo. Sr. Magistrado Ponente; certifico.” Presidente: Excmo. Sr. D. Ramón Trillo Torres; Magistrados:
Excmo. Sr. D. Juan Antonio Xiol Ríos, y Excmo. Sr. D. José Manuel Sieira Míguez.