Las principales medidas que incorpora el Proyecto de Ley se refieren a los sectores de vivienda, mercados financieros, PYMES, textil y correos.
Vivienda
Nuevo tipo de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) de carácter inmobiliario. Se crea este nuevo tipo de Institución de carácter inmobiliario por el que a estas entidades se les autoriza a realizar la promoción de edificaciones destinadas al alquiler, aunque la actividad de promoción no podrá exceder del 20 por 100 del activo de la Institución de Inversión Colectiva para evitar posibles usos abusivos.
Este nuevo tipo tiene, además, las siguientes características: La actividad de promoción y la de arrendamiento deben contabilizarse de manera separada, las viviendas han de estar en alquiler un mínimo de siete años, se establece un tipo de gravamen del 1 por 100, tanto para las rentas derivadas del alquiler, como a las obtenidas en la venta de viviendas, siempre que haya transcurrido el plazo de siete años.
Estas nuevas Instituciones de Inversión Colectiva tendrán las mismas exenciones y bonificaciones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados previstas para las Instituciones de Inversión Colectiva Inmobiliarias ya existentes.
Además, el Proyecto de Ley simplifica y flexibiliza este régimen para una utilización más efectiva. Las principales modificaciones son las siguientes: establece una única bonificación del 85 por 100 frente a las dos anteriores (unas del 85 por 100 y otras del 97 por 100), el único requisito que han de cumplir las viviendas es que su superficie no exceda de 135 metros cuadrados, las viviendas han de estar alquiladas un mínimo de siete años, se suprime la obligación de que un tercio de las viviendas en alquiler incorporen opción de compra, el valor de las viviendas en fase de construcción y de las promovidas por la entidad no podrá superar el 20 por 100 del valor contable de todas las viviendas de la entidad, el régimen podrá ser aplicado por empresas ya existentes y las empresas que se acojan podrán consolidar fiscalmente sus resultados con otras de su grupo.
Sector textil
Con la finalidad de estimular la innovación en el sector textil y la renovación de sus muestrarios que les permita mejorar su competitividad a nivel internacional, se modifica la deducción por actividades de investigación y desarrollo e innovación (I+D+I) al objeto de incluir en el concepto de innovación tecnológica a los muestrarios textiles, con lo que las inversiones realizadas en dichos muestrarios darán derecho a una deducción del 10 por 100 de la cuota del Impuesto sobre Sociedades.
Pymes
Se aumenta en cinco puntos el porcentaje aplicable a la deducción para el fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación, y pasa del 10 por 100 al 15 por 100, con la finalidad de que las pequeñas y medianas empresas se incorporen de manera decidida en el ámbito de las nuevas tecnologías.
Esta nueva deducción podrá ser aplicada por todas las empresas de reducida dimensión, es decir aquellas cuyo volumen de facturación sea inferior a ocho millones de euros.
Tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores
Se reducen hasta un 40 por 100 los límites de las tasas aplicables por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en la prestación de determinados servicios.
Correos
Se limita a partir del 1 de enero de 2006 la exención que contempla la Ley del IVA para los servicios públicos postales a las prestaciones de servicios y las entregas de bienes accesorias que constituyan el servicio postal universal y estén reservados al operador al que se encomienda su prestación, de acuerdo con la Ley del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.