ORDEN FORAL 207/2005, DE 23 DE FEBRERO DEL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA, POR LA QUE SE CREAN DETERMINADOS NEGOCIADOS EN EL DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y VIVIENDA, Y SE SUPRIMEN OTROS.
Mediante Orden Foral 595/1996, de 15 de julio, se estableció la estructura orgánica a nivel de negociados del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda. Posteriormente la referida Orden Foral fue objeto de diversas adaptaciones de carácter parcial. En estos momentos resulta necesario reorganizar determinados negociados.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 50.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,
ORDENO:
Primero._Suprimir los siguientes negociados:
_Negociado de Actividades en Suelo no Urbanizable adscrito a la Sección de Gestión de Suelo No Urbanizable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Vivienda.
_Negociado de Control de Programas de Actuación adscrito a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Vivienda.
_Negociado de Gestión de Expedientes Sancionadores adscrito a la Secretaría Técnica.
_Negociado de Tramitación de Subvenciones de Obras Hidráulicas y Restauración de Riberas adscrito a la Sección de Evaluación y Restauración Ambiental del Servicio de Integración Ambiental de la Dirección General de Medio Ambiente.
Segundo._Crear los siguientes negociados:
A) Negociado de Asistencia Administrativa a la Inspección y Disciplina Urbanística adscrito a la Sección de Inspección Urbanística del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Vivienda que ejercerá las siguientes funciones:
_Organización del trabajo administrativo de la Sección de Inspección y Urbanística.
_Apoyo administrativo a la Sección de Régimen Jurídico de Urbanismo y Vivienda.
_Mantenimiento del Libro de Actas de Inspección.
_Control administrativo de los expedientes instruidos en las Secciones de Inspección Urbanística, y de Régimen Jurídico de Urbanismo y Vivienda.
_Control administrativo de las tareas de la Secretaría Técnica relativas a la disciplina urbanística y relaciones con los tribunales.
_Cualquier otra que le sea encomendada por la jefatura de la Sección de Inspección Urbanística.
B) Negociado del Suelo No Urbanizable adscrito a la Sección de Planeamiento Urbanístico Municipal del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Vivienda que ejercerá las siguientes funciones:
_Informar sobre las propuestas de planeamiento urbanístico relativas al suelo no urbanizable.
_Informar los expedientes de autorización de actividades y usos en suelo no urbanizable.
_Informar los expedientes de autorización de actuaciones en entidades locales sin planeamiento urbanístico.
_Asesorar a otros organismos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, organismos públicos y Entidades Locales en las materias relacionadas con la protección y gestión del suelo no urbanizable.
_Responder a las consultas privadas sobre usos y actividades en suelo no urbanizable.
_Cualquier otra que le sea encomendada por la jefatura de la Sección de Planeamiento Urbanístico Municipal.
C) Negociado de Asistencia Administrativa a la Planificación Territorial adscrito a la Dirección del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Vivienda que ejercerá las siguientes funciones:
_Colaboración y apoyo a la Dirección del Servicio.
_Organización del trabajo administrativo de la Sección de Análisis y Planificación Territorial, incluyendo el control de expedientes y el archivo de Instrumentos de Ordenación Territorial.
_Organización del trabajo administrativo de la Sección de Coordinación y Cooperación Urbanística.
_Gestión y control del fondo bibliográfico y documental del Servicio.
_Asistencia administrativa a la actividad de la Comisión de Ordenación del Territorio y del Consejo Social de Política Territorial.
_Cualquier otra que le sea encomendada por la Dirección del Servicio.
Tercero._Se autorizan las modificaciones presupuestarias necesarias para la habilitación de los créditos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Orden Foral.
Cuarto._Esta Orden Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.