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FORMACIÓN PROFESIONAL ESPECÍFICA

10/03/2005
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Resolución EDC/592/2005, de 2 de marzo, por la que se convocan pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior de formación profesional específica, correspondientes al año 2005 (DOGC de 10 de marzo de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN EDC/592/2005, DE 2 DE MARZO, POR LA QUE SE CONVOCAN PRUEBAS DE ACCESO A LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y DE GRADO SUPERIOR DE FORMACIÓN PROFESIONAL ESPECÍFICA, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2005.

El Decreto 332/1994, de 4 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas de formación profesional específica en Cataluña (DOGC núm. 1990, de 28.12.1994), modificado por el Decreto 130/2000, de 3 de abril (DOGC núm. 3114, de 5.4.2000), prevé que para acceder a estas enseñanzas es preciso estar en posesión de la titulación correspondiente o superar una prueba de carácter general regulada por el Departamento de Educación, de acuerdo con los requisitos que se establecen.

Asimismo, el Decreto 332/1994 mencionado prevé la convocatoria anual de las pruebas de acceso a los ciclos de grado medio y de grado superior de formación profesional específica, que se realizarán en los centros públicos que determine el Departamento de Educación.

Por todo eso,

Resuelvo:

.1 Convocar, para el año 2005, las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior de formación profesional específica que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

.2 Objetivo de las pruebas

2.1 El objetivo de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio es que el/la aspirante demuestre que posee las capacidades, los conocimientos y las habilidades suficientes para cursar con aprovechamiento las enseñanzas del ciclo formativo al que opte.

2.2 El objetivo de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior es que el/la aspirante acredite su madurez con relación a los objetivos del bachillerato y sus capacidades referentes al campo profesional de que se trate.

.3 Calendario de realización de las pruebas

La prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio se realizará el día 4 de mayo de 2005 y la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior los días 25 y 26 de mayo de 2005.

.4 Inscripción a las pruebas

4.1 Periodo y procedimiento de inscripción.

La inscripción a las pruebas de acceso a ciclos formativos, tanto de grado medio como de grado superior, se realizará desde el 29 de marzo hasta el 12 de abril de 2005, por Internet, a través de la Administración Abierta de Cataluña por el portal http://www.CAT365.net que dispone de un teléfono de información indicado en el mismo portal, además de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27.11.1992), de acuerdo con las condiciones señaladas por el precepto mencionado.

El pago de las tasas correspondientes se realizará por los medios que ofrece el portal: pago telemático con tarjeta bancaria o imprimiendo la carta de pago de Internet y con la que se irá a pagar presencialmente en las oficinas de “La Caixa”, en el plazo indicado en este documento.

En cualquier caso, las personas aspirantes tendrán que presentar en el centro donde se lleve a cabo la prueba la documentación que se relaciona en el punto 12.4, para la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio, y en el punto 13.4 para la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior, en los plazos indicados.

4.2 Para la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio:

Se indicará la lengua extranjera escogida en la solicitud de inscripción.

4.3 Para la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior.

Se tendrá que indicar:

a) El nombre del ciclo formativo para el que se solicita la realización de la prueba.

b) En la parte común de la prueba, la lengua extranjera escogida.

c) En la parte específica, el nombre de la materia o materias escogidas, de acuerdo con el anexo 3 de esta Resolución. En los ciclos formativos en los que una de las materias de la parte específica sea segunda lengua extranjera el/la aspirante podrá elegir entre inglés y francés, pero en ningún caso se podrá examinar del mismo idioma extranjero que ha optado en la parte común.

El/La aspirante no podrá modificar la elección de la materia o materias escogidas pasado el plazo de presentación de documentación.

4.4 Tasas.

Las tasas de inscripción son las que establece la vigente Ley 15/1997, de 24 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña. Son las siguientes:

Para los ciclos formativos de grado medio: 16,45 euros.

Para los ciclos formativos de grado superior: 26,50 euros.

.5 Aspirantes con necesidades específicas

5.1 Las personas aspirantes con discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales u otros trastornos graves, que tengan la declaración legal de disminución, podrán solicitar la adaptación de la prueba y/o los recursos adicionales necesarios por desarrollarla.

5.2 Las personas aspirantes tienen que presentar la solicitud por escrito, de acuerdo con el modelo del anexo 4 de esta Resolución, dirigida a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, no más tarde del día 8 de abril de 2005.

A la solicitud, firmada por el/la aspirante o por el padre, la madre o la persona tutora legal, si es menor de edad, se deberá adjuntar la documentación siguiente:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o documento equivalente de identificación.

b) Documentación justificativa de las causas que motivan la petición: certificado del CAD (Centro de Atención al Disminuido) del Departamento de Bienestar y Familia, que informe del grado de discapacidad reconocida, acompañado, si procede, de un certificado emitido por el organismo acreditado correspondiente que informe de las características de la discapacidad o trastorno que sufre el/la aspirante. Se pueden proponer los recursos adicionales que se consideren adecuados, si procede.

c) Documentación justificativa de modificaciones y adaptaciones curriculares que el/la aspirante ha tenido en los últimos estudios cursados en el sistema educativo, si procede.

5.3 La Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente determinará, si procede, las medidas o los recursos adicionales para cada uno, e informará de ello a la persona interesada y al tribunal correspondiente.

.6 Información y orientación a las personas aspirantes

Los centros donde se realicen las pruebas y los centros de formación de personas adultas dependientes del Departamento de Educación que las preparan ofrecerán información y orientación sobre las enseñanzas profesionales a las personas interesadas y sobre el procedimiento de inscripción y funcionamiento de las pruebas de acceso. La dirección del centro designará el personal adecuado para llevarlas a cabo.

.7 Efectos de la superación de las pruebas

7.1 Las pruebas superadas tienen validez permanente en la totalidad del Estado español.

7.2 Haber superado las pruebas de acceso faculta a las personas carentes de la titulación exigida a matricularse en los ciclos formativos para los que hayan superado el acceso. A pesar de eso, la superación de la prueba no garantiza una plaza escolar.

Las personas que habiendo superado las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional específica quieran matricularse a un ciclo formativo, tendrán que solicitar la preinscripción, en el plazo que se establezca, en el centro donde lo quieran cursar. Para poderse matricular en el mismo tendrán que esperar el resultado de la prueba.

Los centros docentes sostenidos con fondos públicos, de acuerdo con la normativa de admisión del alumnado, efectuarán la preinscripción correspondiente, a la espera del resultado de la prueba de acceso.

7.3 Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio permite el acceso a cualquier ciclo de grado medio de formación profesional específica.

7.4 Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior permite el acceso a cualquier ciclo de grado medio.

7.5 Haber superado la prueba de acceso a un determinado ciclo formativo de grado superior permite el acceso a este ciclo y también, si procede, a los ciclos formativos que tienen la parte específica coincidente o incluida en la de este ciclo.

.8 Elaboración de las pruebas

La Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente elaborará las pruebas y las enviará a los tribunales evaluadores.

.9 Tribunal evaluador

9.1 Nombramiento.

Los/Las directores/as de los servicios territoriales nombrarán a los miembros de los tribunales evaluadores de las pruebas convocadas por esta Resolución, y mandarán una copia del nombramiento a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, no más tarde del día 19 de abril de 2005.

Los tribunales se constituirán en los centros designados para realizar las pruebas, de acuerdo con los criterios de racionalización de capacidad del centro y el número de aspirantes por tribunal.

9.2 Composición de los tribunales.

9.2.1 En cada centro se podrán constituir dos tribunales evaluadores, uno para las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio y otro para las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado superior.

9.2.2 El tribunal evaluador para la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio estará constituido por los miembros siguientes: el presidente o presidenta, el secretario o secretaria y hasta diez vocales.

9.2.3 El tribunal evaluador para la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior estará constituido por los miembros siguientes: el presidente o presidenta, el secretario o secretaria y hasta catorce vocales.

9.2.4 El/La presidente/a y el/la secretario/a de los tribunales evaluadores lo serán de ambos. Los vocales podrán coincidir en ambos tribunales.

9.3 La relación de miembros de cada tribunal evaluador se publicará en el tablón de anuncios del centro docente donde se realice la prueba, no más tarde del día 18 de abril de 2005.

9.4 Los miembros de los tribunales evaluadores están sujetos a las causas de abstención y recusación que prevén los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

9.5 Los tribunales estarán incluidos dentro de la categoría tercera, a los efectos que prevé el Decreto 201/1993, de 27 de julio, de modificación del Decreto 337/1988, de 17 de octubre, de regulación y de actualización de indemnizaciones por razón de servicios a la Generalidad de Cataluña, y de revisión de los importes de determinadas indemnizaciones (DOGC núm. 1787, de 23.8.1993).

9.6 Funciones de los tribunales evaluadores.

El tribunal:

a) Atenderá las consultas de las personas aspirantes.

b) Comprobará los requisitos de las personas aspirantes.

c) Puntuará el currículo presentado.

d) Organizará las pruebas en el centro y velará por el desarrollo correcto.

e) Corregirá y calificará las pruebas.

f) Publicará las listas y los resultados en los plazos y forma establecidos.

g) Resolverá las reclamaciones, de acuerdo con las disposiciones de esta Resolución y con las instrucciones que emita la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente.

9.7 En cualquier momento de la realización de las pruebas o del proceso, los miembros del tribunal evaluador podrán comprobar la identidad de los/las aspirantes y, en caso de detectar el incumplimiento de cualquiera de los requisitos, el/la aspirante/a quedará excluido/a de las mismas.

.10 Documentación y organización de las pruebas

10.1 Conservación de la documentación.

Los centros donde se hayan constituido los tribunales evaluadores conservarán toda la documentación generada durante los tres meses siguientes a la finalización del proceso, sin perjuicio de que las actas de las pruebas y una copia del certificado emitido a las personas aspirantes que superen la prueba se tendrán que conservar de forma permanente. En caso de reclamaciones, se conservará la documentación hasta la resolución del proceso.

10.2 Organización de la prueba.

Los/Las directores/as de los servicios territoriales velarán y tomarán las medidas adecuadas para la ejecución correcta de esta Resolución, y nombrarán a un/a inspector/a de Educación, preferentemente del área de formación profesional, para coordinar la aplicación de las pruebas.

La Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente emitirá las instrucciones necesarias para aplicar esta Resolución.

.11 Validez de las pruebas de acceso a los módulos profesionales

11.1 Haber superado las pruebas de acceso a los módulos profesionales 2 permite solicitar la matriculación en cualquier ciclo formativo de grado medio de formación profesional específica.

11.2 Haber superado las pruebas de acceso a los módulos profesionales 3 permite solicitar la matriculación a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional específica afines, de acuerdo con la relación del anexo 8 de la Resolución ENS/310/2002, de 31 de enero (DOGC núm. 3581, de 22.2.2002), por la que se convoca la realización de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior de formación profesional específica para el año 2002.

.12 Prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio de formación profesional específica

12.1 Calendario de realización de la prueba.

12.1.1 Convocatoria ordinaria.

Se realizará el día 4 de mayo de 2005.

12.1.2 Convocatoria de incidencias.

Las personas inscritas que no se hayan podido presentar a la prueba por causas ajenas a su voluntad, y que acrediten documentalmente esta circunstancia, podrán presentarse a la convocatoria de incidencias, el día 12 de mayo de 2005.

La solicitud para ser admitido/a a la convocatoria de incidencias se presentará en el centro, no más tarde del día 6 de mayo de 2005.

El tribunal evaluador examinará las solicitudes, determinará si considera la ausencia justificada y no más tarde del día 10 de mayo de 2005 publicará la lista de personas aspirantes admitidas.

12.2 Requisitos para acceder a la prueba.

Para inscribirse en las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado medio de formación profesional específica, se deberán tener cumplidos 17 años de edad, o bien cumplirlos durante el año 2005, y acreditar alguno de los requisitos siguientes:

a) Experiencia laboral en cualquier actividad, con un mínimo de 3 meses o 200 horas, computadas hasta la fecha límite de presentación de la documentación.

b) Haber cursado o estar cursando un programa de garantía social autorizado por el Departamento de Educación.

c) Haber realizado un mínimo de 400 horas de cursos de formación ocupacional, o haber realizado un curso de preparación de la prueba de una duración mínima de 4 meses o 300 horas, o haber recibido acciones formativas y de orientación relacionadas con la preparación de las pruebas de acceso a ciclos formativos de formación profesional específica en un centro de educación secundaria.

Las personas que posean la titulación académica que les permita el acceso directo a los ciclos formativos no se pueden presentar a la prueba.

12.3 Exenciones de la prueba.

12.3.1 Exención de la materia lengua catalana.

La pueden solicitar las personas aspirantes que acrediten menos de dos años de residencia en Cataluña, hasta el día de realización de la prueba. La solicitud correspondiente se dirigirá al Servicio de Enseñanza del Catalán de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

12.3.2 Exención total de la prueba.

Las personas que hayan superado totalmente las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 años quedan exentas de realizar la prueba. En este caso, no es preciso acreditar experiencia laboral ni ninguno de los requisitos indicados en el apartado 12.2 de esta Resolución, y se presentará el documento justificativo en el centro donde se tenga que cursar el ciclo formativo.

12.4 Presentación de documentación en el centro donde se realizará la prueba.

Los/Las aspirantes tendrán que presentar la documentación siguiente, del día 18 al 22 de abril de 2005, en el centro donde realizarán la prueba:

En todos los casos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o documento equivalente de identificación.

b) Fotocopia del documento de inscripción a la prueba.

c) Documentación justificativa de los requisitos de acceso a la prueba.

d) Documento justificativo de bonificación o exención de la tasa, si procede.

Según las condiciones del/la aspirante:

e) Currículo formativo, profesional y de experiencia y documentación justificativa.

f) Documentación que justifique la exención parcial de la prueba (exención de la materia lengua catalana reconocida por el Servicio de Enseñanza del Catalán de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa).

Toda la documentación formará parte del expediente del/de la aspirante, estará a disposición del tribunal y se conservará en el centro, de acuerdo con lo establecido en el punto 10.1 de esta Resolución.

El tribunal hará pública, no más tarde del día 26 de abril de 2005, la relación provisional de personas aspirantes excluidas, con indicación del motivo de exclusión, en el tablón de anuncios del centro donde se haga la prueba. A partir de esta fecha, los/las aspirantes podrán presentar la documentación o aportar los datos que falten en la misma, no más tarde del día 28 de abril de 2005. En el supuesto de que no lo hagan, se entenderá que renuncian a presentarse a la prueba. El tribunal evaluador se reunirá para examinar la documentación nueva presentada, y publicará la lista definitiva de admitidos y excluidos no más tarde del día 29 de abril de 2005.

12.5 Prueba y calificaciones.

12.5.1 Lugar donde se realizará la prueba.

La prueba se realizará en los centros docentes públicos que determinen los directores o directoras de los servicios territoriales del Departamento de Educación. La relación de centros se expondrá en el tablón de anuncios de los servicios territoriales y en la página web del Departamento de Educación http://www.gencat.net/educacio, antes del 29 de marzo de 2005, fecha de inicio del periodo de inscripción.

12.5.2 Desarrollo de la prueba de acceso.

12.5.2.1 Objetivos de la prueba.

Tomando como referencia los objetivos de la enseñanza secundaria obligatoria, se establecen para la prueba los objetivos siguientes:

a) Analizar los mecanismos básicos que rigen y condicionan el medio físico y valorar como repercuten las actividades humanas en su defensa, conservación y mejora, como elemento determinante de la calidad de vida.

b) Conocer los elementos esenciales del desarrollo científico y tecnológico, valorando sus causas y sus implicaciones sobre la persona, la sociedad y el entorno físico.

c) Identificar las características históricas, culturales y sociales de la sociedad actual.

d) Comprender y producir mensajes orales y escritos con propiedad, autonomía y creatividad en lengua catalana, castellana y, si procede, aranesa y, al menos, en una lengua extranjera.

e) Interpretar y producir mensajes con propiedad, autonomía y creatividad, utilizando códigos artísticos, científicos y técnicos.

f) Identificar problemas en los diversos campos del conocimiento y elaborar estrategias para resolverlos, mediante procedimientos intuitivos y de razonamiento lógico.

g) Seleccionar, tratar y comunicar información utilizando las metodologías y los instrumentos tecnológicos apropiados, procediendo de manera organizada, autónoma y crítica.

12.5.2.2 Temarios y criterios de evaluación.

Los temarios y los criterios de evaluación de la prueba son, para la de ciclos de grado medio, los que constan en el anexo 2 de la Resolución ENS/310/2002, de 31 de enero (DOGC núm. 3581, de 22.2.2002), por la que se convoca la realización de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio y superior de formación profesional específica para el año 2002.

12.5.2.3 Tipo de prueba.

La prueba de acceso a ciclos de grado medio será la misma para todos los ciclos y se desarrollará en dos partes:

Parte A: comprende las áreas de lengua catalana, tecnología, ciencias de la naturaleza, ciencias sociales y educación visual y plástica.

Parte B: comprende las áreas de lengua extranjera (inglés o francés), lengua castellana y matemáticas.

12.5.2.4 Horario de realización de la prueba.

La prueba comenzará a las 16 horas del día 4 de mayo de 2005. En cuanto a la convocatoria de incidencias, comenzará a las 9.30 horas del día 12 de mayo de 2005.

Los/Las aspirantes tendrán que presentarse en el centro 30 minutos antes del inicio de la prueba.

El tiempo de realización será de cuatro horas, que se distribuirán en dos bloques temporales de dos horas cada uno. En el primer bloque se realizarán los ejercicios de la parte A. Cuando se acabe, se dispondrá de un descanso de 30 minutos. En el segundo bloque se realizarán los ejercicios de la parte B.

12.5.3 Documentación y material a llevar en el momento de la prueba.

a) Documentación.

El día de la prueba los/las aspirantes tendrán que llevar el documento nacional de identidad o documento equivalente de identificación, que permita comprobar la identidad de los mismos a los miembros del tribunal evaluador.

Si el tribunal evaluador detecta, en cualquier momento del proceso, el incumplimiento de cualquiera de los requisitos, el/la aspirante quedará excluido/a del mismo.

b) Material.

Los/Las aspirantes tendrán que consultar en el tablón de anuncios del centro donde realizarán la prueba o a la página web del Departamento de Educación http://www.gencat.net/educacio el material específico que tendrán que llevar, si procede, el día de la prueba.

12.5.4 Calificación de la prueba y currículo.

12.5.4.1 La calificación de la prueba estará comprendida entre 0 y 10, y el tribunal la calculará aplicando el baremo siguiente a la calificación de cada área: lengua catalana: 20%, lengua castellana: 20%, matemáticas: 20%, tecnología: 8%, ciencias de la naturaleza: 8%, ciencias sociales: 8%, educación visual y plástica: 8%, y lengua extranjera: 8%.

12.5.4.2 A la calificación obtenida se sumará, si procede, la puntuación del currículo presentado que será como máximo de un punto. En ningún caso la puntuación final será superior a 10.

Serán consideradas aptas las personas que hayan obtenido una puntuación final igual o superior a 5.

12.5.4.3 El/la aspirante podrá presentar su currículo formativo, profesional y de experiencia, al que tendrá que adjuntar los documentos justificativos de todo aquello que alegue en el mismo. El tribunal evaluador puntuará el currículo numéricamente y con dos decimales y la documentación justificativa que aporte, de acuerdo con los criterios siguientes:

a) Por estudios (máximo 0,9 puntos):

a.1) 0,6 puntos por programa de garantía social con certificado de aprovechamiento o certificado de asistencia.

Documento justificativo: certificado de aprovechamiento o de asistencia al programa de garantía social.

a.2) 0,3 puntos por un mínimo de 100 horas de prácticas en la empresa, correspondientes a un programa de garantía social, debidamente certificado.

Documento justificativo: certificado del centro que imparte el programa de garantía social que acredite la realización de las prácticas en la empresa o fotocopia del convenio de prácticas, donde conste la duración total en horas.

a.3) 0,01 puntos por cada 20 horas de otras formaciones adicionales al requisito de acceso.

Documento justificativo: certificado de los estudios realizados, donde conste el contenido de la formación y las horas.

b) Por experiencia profesional, adicional al requisito de acceso (máximo 0,9 puntos):

0,06 puntos por cada 30 días trabajados a jornada completa, o la parte proporcional si es a jornada parcial.

Documento justificativo: certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de Mutualidad Laboral, donde conste el periodo de alta (informe de vida laboral) o, si procede, el certificado de la administración correspondiente u hoja de servicios.

c) Máximo 0,2 puntos por otras actividades no remuneradas (voluntariado, actividades de entrenamiento o dirección de equipos deportivos, actividades en asociaciones).

Documento justificativo: certificado donde conste el número de identificación fiscal de la entidad legalmente constituida, las actividades realizadas y el tiempo de dedicación.

12.6 Publicación de resultados de la prueba.

El tribunal evaluador hará públicas las actas de calificación en el tablón de anuncios del centro, no más tarde del día 16 de mayo de 2005.

El tribunal fijará un horario para atender las consultas de los/las aspirantes sobre las calificaciones obtenidas.

12.7 Reclamaciones.

El/La aspirante podrá presentar reclamación contra las calificaciones obtenidas, dirigida al tribunal, por medio de un escrito que presentará en el registro del centro donde se haya examinado, no más tarde del día 20 de mayo de 2005.

El tribunal, como órgano colegiado, se reunirá, examinará las reclamaciones presentadas dentro del plazo, las resolverá y, no más tarde del 24 de mayo de 2005, publicará el resultado de las mismas.

El/La aspirante podrá reiterar la reclamación. Esta segunda reclamación se dirigirá a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por medio de un escrito que se presentará en el registro del centro donde se haya examinado, no más tarde del día 31 de mayo de 2005. El centro enviará a los servicios territoriales correspondientes esta segunda reclamación, junto con una copia del expediente del/de la aspirante, y la inspección emitirá el informe correspondiente. Este informe incluirá tanto los aspectos procedimentales seguidos como la aplicación de los procesos y criterios de evaluación. Toda esta documentación se enviará a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, que la resolverá.

12.8 Certificaciones.

El tribunal evaluador expedirá un certificado para cada persona aspirante declarada apta, donde conste la calificación final obtenida, con dos decimales.

.13 Prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior de formación profesional específica

13.1 Calendario de realización de la prueba.

13.1.1 Convocatoria ordinaria.

Se realizará los días 25 y 26 de mayo de 2005.

13.1.2 Convocatoria de incidencias.

Las personas inscritas que no hayan podido presentarse a la prueba por causas ajenas a su voluntad y que acrediten documentalmente esta circunstancia, podrán presentarse a la convocatoria de incidencias el día 1 de junio de 2005.

La solicitud para ser admitido/a a la convocatoria de incidencias se presentará en el centro, no más tarde del día 30 de mayo de 2005.

El tribunal evaluador examinará las solicitudes, determinará si considera la ausencia justificada y publicará la lista de aspirantes admitidos/as a presentarse a esta convocatoria, no más tarde del día 31 de mayo.

13.2 Requisitos para acceder a la prueba.

Para inscribirse a las pruebas de acceso a los ciclos formativos de grado superior de formación profesional específica, será necesario encontrarse en una de las situaciones siguientes:

13.2.1 Tener cumplidos 20 años de edad o bien cumplirlos durante el año 2005, y acreditar alguno de los requisitos siguientes:

a) Experiencia laboral en cualquier actividad, con un mínimo de 6 meses o 450 horas, computadas hasta la fecha límite de presentación de la documentación.

b) Tener el título de técnico auxiliar de formación profesional de primer grado.

c) Tener o estar en disposición de obtener, en la fecha de evaluación de la prueba, el título de técnico o técnica por haber superado un ciclo formativo de grado medio de formación profesional específica. El documento justificativo es el título de técnico o técnica, el resguardo de solicitud del título o una certificación de estudios completos del ciclo formativo de grado medio superado.

d) Poseer la declaración legal de disminución.

13.2.2 Tener cumplidos 18 años o bien cumplirlos durante el año 2005, y en la fecha de evaluación de la prueba, tener o estar en disposición de obtener el título de técnico o técnica por haber superado un ciclo formativo de grado medio de formación profesional específica del mismo grupo de itinerarios, tal como se indica en el anexo 2. El documento justificativo es el resguardo de solicitud del título o un certificado de estudios completos del ciclo formativo de grado medio superado.

Las personas que posean la titulación académica que les permita el acceso directo a los ciclos formativos no se pueden presentar a la prueba.

13.3 Exenciones de la prueba.

13.3.1 Exención de la materia de lengua catalana.

La pueden solicitar los/las aspirantes que acrediten menos de dos años de residencia en Cataluña hasta el día de realización de la prueba.

La solicitud se presentará al Servicio de Enseñanza del Catalán de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

13.3.2 Exención de la parte común de la prueba.

Se puede solicitar por:

a) Haber superado totalmente las pruebas de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

b) Haber superado con anterioridad la prueba de acceso a ciclos formativos de grado superior de formación profesional específica.

c) Haber superado las pruebas de acceso, de carácter general, a ciclos formativos de grado superior de enseñanzas del régimen especial de artes plásticas y diseño.

d) Haber superado las pruebas de acceso, de carácter general, a ciclos formativos de grado superior de enseñanzas del régimen especial de deportes, siempre y cuando se cumplan alguno de los requisitos del punto 13.2.1 de esta Resolución.

La solicitud se presentará al centro donde se realice la prueba, del 29 de abril al 6 de mayo de 2005, aportando los documentos justificativos correspondientes.

13.3.3 Exención de determinadas materias específicas.

Los/Las aspirantes que tengan el título de técnico o técnica pueden solicitar la exención de las materias que coincidan con las que les convalidarían si accediesen al bachillerato. Estas materias son las siguientes:

Electrotecnia, si ha superado uno de los cuatro ciclos formativos de grado medio siguientes:

a) Ciclo formativo de grado medio equipos e instalaciones electrotécnicas.

b) Ciclo formativo de grado medio de instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas.

c) Ciclo formativo de grado medio de mantenimiento ferroviario.

d) Ciclo formativo de grado medio de montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor.

Química, si ha superado uno de los cinco ciclos formativos de grado medio siguientes:

a) Ciclo formativo de grado medio de laboratorio.

b) Ciclo formativo de grado medio de operaciones de fabricación de productos farmacéuticos.

c) Ciclo formativo de grado medio de operaciones de proceso de pasta y papel.

d) Ciclo formativo de grado medio de operaciones de proceso en planta química.

e) Ciclo formativo de grado medio de operaciones de ennoblecimiento textil.

La solicitud se presentará en el centro donde se realice la prueba, del 29 de abril a 6 de mayo de 2005, aportando los documentos justificativos correspondientes.

13.3.4 Exención de la parte específica.

a) Por experiencia laboral que se corresponda con el ámbito profesional del ciclo formativo que se quiera cursar.

Se puede solicitar si se demuestra uno de los requisitos siguientes:

1. Como mínimo un año de experiencia laboral a jornada completa, o el tiempo proporcional en caso de jornada reducida, con una categoría profesional igual o superior a la que corresponde al ciclo formativo de grado superior (en general, oficial de primera o de segunda), reconocida oficialmente (grupo de cotización).

2. Como mínimo tres años de experiencia laboral a jornada completa, o el tiempo proporcional en caso de jornada reducida, dentro del mismo grupo profesional, si la categoría reconocida oficialmente (grupo de cotización) es inferior.

3. Experiencia laboral en diversas categorías profesionales, equivalente a las dos anteriores.

b) Por experiencia deportiva:

Los/Las aspirantes que quieran acceder a la prueba de acceso del ciclo formativo de grado superior Animación de actividades físicas y deportivas pueden solicitar la exención de la parte específica de la prueba acreditando una experiencia de al menos un año en el entrenamiento, la dirección de equipos deportivos u otras actividades relacionadas.

La solicitud de exención de la parte específica de la prueba se solicitará a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, no más tarde del 8 de abril de 2005, mediante el modelo del anexo 5 de esta Resolución, aportando los documentos justificativos correspondientes que se indican en el modelo.

13.3.5 Exención total de la prueba.

Se puede solicitar por haber superado totalmente la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años, siempre y cuando se cumplan cualquiera de los requisitos siguientes:

a) Si el ciclo formativo que se quiere cursar permite acceder a los mismos estudios universitarios para los que el/la aspirante superó la prueba de acceso a la universidad.

b) Si se ha superado la prueba de acceso a estudios universitarios de licenciatura, ingeniería superior o arquitectura, para los que no se ha establecido el acceso directo desde el ciclo formativo de grado superior que se quiere cursar, si bien se da afinidad entre los estudios universitarios para los que se ha superado la prueba de acceso y el ciclo de grado superior que quiere cursar.

c) Si se tiene superada la mencionada prueba para otros estudios universitarios no relacionados con el ciclo formativo que se quiere cursar, y además se acredita la experiencia laboral a qué hace referencia el apartado 13.3.4.a) de esta Resolución.

La solicitud se presentará a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, no más tarde del 8 de abril del 2005, aportando los documentos justificativos correspondientes.

13.4 Presentación de la documentación en el centro donde se realizará la prueba.

Los/Las aspirantes tendrán que presentar la documentación siguiente, entre el 29 de abril y el 6 de mayo de 2005, en el centro donde realizarán la prueba en todos los casos:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o documento equivalente de identificación.

b) Fotocopia del documento de inscripción a la prueba.

c) Documentación justificativa de los requisitos de acceso a la prueba.

d) Documento justificativo de bonificación o exención de la tasa, si procede.

Según las condiciones del/de la aspirante:

e) Currículo formativo, profesional y de experiencia y documentación justificativa.

f) Documentación que justifique la exención parcial de la prueba.

f.1) Documento de la exención de la materia lengua catalana, reconocida por el Servicio de Enseñanza del Catalán de la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa.

f.2) Documento de exención de la parte específica de la prueba reconocida por la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente del Departamento de Educación.

f.3) Documentación justificativa para pedir al centro la exención de la parte común, de acuerdo con el apartado 13.3.2, y la exención de determinadas materias específicas, de acuerdo con el apartado 13.3.3 de esta Resolución.

Toda esta documentación formará parte del expediente del/de la aspirante estará a disposición del tribunal y se conservará en el centro, de acuerdo con lo que establece el punto 10.1 de esta Resolución.

El tribunal hará pública, no más tarde del día 10 de mayo de 2005, la relación provisional de personas aspirantes excluidas, con indicación del motivo de exclusión, en el tablón de anuncios del centro donde se realice la prueba. A partir de esta fecha, los/las aspirantes podrán presentar la documentación o aportar los datos que falten en la misma, no más tarde del día 13 mayo de 2005. En el supuesto de que no lo hagan, se entenderá que renuncian a presentarse a la prueba. El tribunal evaluador se reunirá para examinar la documentación nueva presentada, y publicará la lista definitiva de personas admitidas y excluidas no más tarde del día 17 mayo de 2005. En esta lista se hará constar, de forma expresa, las personas que están admitidas pero pendientes de presentar el requisito del título de técnico o técnica.

13.5 Prueba y calificaciones.

13.5.1 Lugar donde se realizará la prueba.

La prueba se realizará en los centros docentes públicos que determinen los directores o directoras de los servicios territoriales del Departamento de Educación. La relación de centros se expondrá en el tablón de anuncios de los servicios territoriales y en la página web del Departamento de Educación http://www.gencat.net/educacio, antes del 29 de marzo de 2005, fecha de inicio del periodo de inscripción.

13.5.2 Desarrollo de la prueba de acceso.

13.5.2.1 Objetivos de la prueba.

De acuerdo con el Decreto 82/1996, de 5 de marzo, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas de bachillerato (DOGC núm. 2181, de 13.3.1996), se considerarán los objetivos siguientes:

a) Usar con corrección las técnicas de comunicación oral y escrita, en lengua catalana y castellana y, si procede, aranesa, y utilizar los recursos básicos de los lenguajes técnico, científico e icónico, adecuados al tipo de mensaje de que se trate.

b) Comprender y saberse expresar con fluidez y corrección, oralmente y por escrito, en el registro estándar de al menos una lengua extranjera.

c) Dominar los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y las habilidades básicas propias del ciclo formativo correspondiente y aplicarlos a la explicación o comprensión de los fenómenos y a la resolución de nuevos interrogantes.

d) Utilizar el bagaje de contenidos culturales propios para analizar, comprender y valorar los cambios que se producen en el mundo actual.

e) Formular y argumentar juicios independientes con claridad y coherencia y contrastarlos con otras posiciones y argumentaciones.

13.5.2.2 Temarios y criterios de evaluación.

Los temarios y los criterios de evaluación de la prueba son, para la prueba de ciclos de grado superior, los que constan en el anexo 4 de la Resolución ENS/310/2002, de 31 de enero (DOGC núm. 3581, de 22.2.2002), por la que se convoca la realización de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior de formación profesional específica para el año 2002.

13.5.2.3 Tipos de prueba.

La prueba constará de dos partes:

Parte común. Agrupa las materias siguientes: lengua catalana, lengua castellana, idioma extranjero (inglés, francés, alemán o italiano) e historia.

Parte específica. Agrupa la materia o materias que corresponden a cada ciclo formativo y que, para esta convocatoria, se indican en el anexo 3 de esta Resolución.

El/La aspirante elegirá, en el momento de realizar la inscripción, dos materias entre las indicadas, excepto en el caso del ciclo de Interpretación de la lengua de signos en el que únicamente hay una.

Para los ciclos formativos en los que una de las materias de la parte específica sea segunda lengua extranjera, el/la aspirante podrá elegir entre inglés y francés, pero en ningún caso se podrá examinar del mismo idioma extranjero por el que ha optado en la parte común.

13.5.2.4 Horario de realización de la prueba.

La parte común comenzará a las 16 horas del día 25 de mayo, y la parte específica a las 16 horas del día 26 de mayo. En cuanto a la convocatoria de incidencias, la parte común comenzará a las 9.30 horas del día 1 de junio de 2005, y la parte específica, a les 16 horas del mismo día.

Los/Las aspirantes se presentarán en el centro 30 minutos antes del inicio de la prueba.

El tiempo de realización será de 4 horas para la parte común y de 3 horas para la parte específica.

La parte común se desarrollará en 2 bloques temporales, de 2 horas de duración cada uno. En el primer bloque se realizarán los ejercicios correspondientes a las materias de lengua catalana y de lengua castellana, y en el segundo bloque el correspondiente al idioma extranjero (inglés, francés, alemán o italiano) e historia. Entre ambos se dispondrá de un descanso de 30 minutos.

La parte específica se desarrollará en un único bloque temporal.

13.5.3 Documentación y material a llevar en el momento de la prueba.

a) Documentación.

El día de la prueba los/las aspirantes tendrán que llevar el documento nacional de identidad o documento equivalente de identificación, que permita comprobar su identidad a los miembros del tribunal evaluador.

Si el tribunal evaluador detecta, en cualquier momento del proceso, el incumplimiento de alguno de los requisitos, el/la aspirante quedará excluido/a del mismo.

b) Material.

Los/Las aspirantes tendrán que consultar en el tablón de anuncios del centro donde realizarán la prueba o en la página web del Departamento de Educación http://www.gencat.net/educacio el material específico que tendrán que llevar, si procede, el día de la prueba.

13.5.4 Calificación de la prueba y currículo.

13.5.4.1 La calificación estará comprendida entre 0 y 10, y el tribunal calculará la calificación de la parte común y la de la parte específica por separado. La de la parte común se obtendrá calculando la media aritmética de las calificaciones de las materias de esta parte. La de la parte específica será la media aritmética de las calificaciones de las materias de esta parte. La puntuación global se calculará aplicando el baremo siguiente: parte común: 60% y parte específica: 40%.

Las personas aspirantes que no obtengan una calificación mínima de 3 en cada una de las partes se declararán no aptas.

13.5.4.2 A la calificación obtenida se le sumará, si procede, la puntuación del currículo presentado que será, como máximo, de un punto. En ningún caso la puntuación final será superior a 10.

13.5.4.3 Las personas que hayan obtenido una puntuación final igual o superior a 5 se considerarán aptas.

El/La aspirante podrá presentar su currículo formativo, profesional y de experiencia, al que tendrá que adjuntar los documentos justificativos de todo aquello que alegue en el mismo. El tribunal evaluador puntuará numéricamente y con dos decimales el currículo y la documentación justificativa que aporte, de acuerdo con los criterios siguientes:

a) Por estudios (máximo 0,9 puntos).

a.1) 0,6 puntos por el título de técnico o técnica del mismo grupo de itinerarios, según se indica en el anexo 2.

Documento justificativo: fotocopia del título, resguardo de solicitud del título o certificación de estudios completos del ciclo.

a.2) 0,6 puntos por el título de técnico o técnica, técnico o técnica auxiliar, oficialía o formación equivalente, adicional al requisito de acceso.

Documento justificativo: fotocopia del título, resguardo de solicitud del título o certificación de estudios completos.

a.3) 0,01 puntos por cada 20 horas de otras formaciones, adicionales al requisito de acceso.

Documento justificativo: certificado de los estudios realizados, donde consten el contenido de la formación y las horas.

b) Por experiencia profesional, adicional al requisito de acceso (máximo 0,9 puntos):

0,06 puntos por cada 30 días trabajados a jornada completa, o la parte proporcional si es a jornada parcial.

Documento justificativo: certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral, donde conste el periodo de alta (informe de vida laboral) o, si procede, el certificado de la administración correspondiente u hoja de servicios.

c) Por otras actividades no remuneradas (voluntariado, actividades de entrenamiento o dirección de equipos deportivos, actividades en asociaciones): máximo 0,2 puntos.

Documento justificativo: certificado donde conste el número de identificación fiscal de la entidad legalmente constituida, las actividades realizadas y el tiempo de dedicación.

13.6 Publicación de resultados.

El tribunal evaluador hará públicas las actas de calificación en el tablón de anuncios del centro, no más tarde del día 6 de junio de 2005.

El tribunal fijará un horario para atender las consultas de los/las aspirantes sobre las calificaciones obtenidas.

13.7 Reclamaciones.

El/La aspirante podrá presentar reclamación contra las calificaciones obtenidas en la prueba, dirigida al tribunal, por medio de un escrito que presentará en el registro del centro donde se haya examinado, no más tarde del día 9 de junio de 2005.

El tribunal, como órgano colegiado, se reunirá, examinará las reclamaciones presentadas dentro del plazo, las resolverá y, no más tarde del 10 de junio de 2005, publicará el resultado de las mismas.

El/la aspirante podrá reiterar la reclamación. Esta segunda reclamación se dirigirá a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, por medio de un escrito que presentará en el registro del centro donde se haya examinado, no más tarde del día 21 de junio de 2005. El centro enviará a los servicios territoriales correspondientes esta reclamación, junto con una copia del expediente del/la aspirante, y la inspección emitirá el informe correspondiente. Este informe incluirá tanto los aspectos procedimentales seguidos como la aplicación de los procesos y criterios de evaluación. Toda esta documentación se enviará a la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente, que la resolverá.

13.8 Certificaciones.

El tribunal evaluador expedirá un certificado para cada persona aspirante declarada apta, donde conste la calificación final obtenida, con dos decimales, y el nombre del ciclo o ciclos formativos de grado superior a los que puede acceder.

En ningún caso se expedirá certificado de las calificaciones parciales obtenidas.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante la consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el DOGC, según lo que disponen los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o cualquier otro que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

Anexo 1

Relación de los ciclos formativos por familias profesionales

Familia profesional actividades agrarias

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Explotaciones agrícolas intensivas.

CFGM Explotaciones agrarias extensivas.

CFGM Trabajos forestales y de conservación del medio natural.

CFGM Explotaciones ganaderas.

CFGM Jardinería.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Gestión y organización de empresas agropecuarias.

CFGS Gestión y organización de los recursos naturales y paisajísticos.

Familia profesional actividades físicas y deportivas

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Animación de actividades físicas y deportivas.

Familia profesional actividades marítimo-pesqueras

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Pesca y transporte marítimo.

CFGM Operación, control y mantenimiento de máquinas e instalaciones del buque.

CFGM Operaciones de cultivo acuícola.

CFGM Buceo a media profundidad.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Navegación, pesca y transporte marítimo.

CFGS Supervisión y control de máquinas e instalaciones del buque.

CFGS Producción acuícola.

Familia profesional administración

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Gestión administrativa.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Secretariado.

CFGS Administración y finanzas.

Familia profesional artes gráficas

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Preimpresión en artes gráficas.

CFGM Impresión en artes gráficas.

CFGM Encuadernación y manipulación de papel y cartón.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Diseño y producción editorial.

CFGS Producción en industrias de artes gráficas.

Familia profesional comercio y marketing

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Comercio.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Gestión comercial y marketing.

CFGS Servicios al consumidor.

CFGS Comercio internacional.

CFGS Gestión del transporte.

Familia profesional comunicación, imagen y sonido

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Laboratorio de imagen.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Imagen.

CFGS Producción de audiovisuales, radio y espectáculos.

CFGS Realización de audiovisuales y espectáculos.

CFGS Sonido.

Familia profesional edificación y obra civil

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Operaciones y mantenimiento de maquinaria de construcción.

CFGM Obras de hormigón.

CFGM Obras de la construcción.

CFGM Acabados de construcción.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas.

CFGS Desarrollo y aplicación de proyectos de construcción.

CFGS Realización y planes de obras.

Familia profesional electricidad y electrónica

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Equipos e instalaciones electrotécnicas.

CFGM Equipos electrónicos de consumo.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Sistemas de regulación y control automáticos.

CFGS Desarrollo de productos electrónicos.

CFGS Instalaciones electrotécnicas.

CFGS Sistemas de telecomunicación e informáticos.

Familia profesional fabricación mecánica

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Mecanización.

CFGM Tratamientos superficiales y térmicos.

CFGM Fundición.

CFGM Soldadura y calderería.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Construcciones metálicas.

CFGS Desarrollo de proyectos mecánicos.

CFGS Producción por mecanización.

CFGS Producción por fundición y pulvimetalurgia.

CFGS Óptica de anteojería.

Familia profesional madera y mueble

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Transformación de madera y corcho.

CFGM Fabricación industrial de carpintería y mueble.

CFGM Fabricación a medida e instalación de carpintería y mueble.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Desarrollo de productos en carpintería y mueble.

CFGS Producción de madera y mueble.

Familia profesional hostelería y turismo

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Cocina.

CFGM Pastelería y panadería.

CFGM Servicios de restaurante y bar.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Restauración.

CFGS Alojamiento.

CFGS Agencias de viajes.

CFGS Información y comercialización turísticas.

CFGS Animación turística.

Familia profesional imagen personal

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Estética personal decorativa.

CFGM Peluquería.

CFGM Caracterización.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Estética.

CFGS Asesoría de imagen personal.

Familia profesional industrias alimentarias

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Matadero y carnicería-charcutería.

CFGM Conservación vegetal, cárnica y de pescado.

CFGM Elaboración de aceites y zumos.

CFGM Elaboración de productos lácteos.

CFGM Elaboración de vinos y otras bebidas.

CFGM Molinería e industrias cerealistas.

CFGM Panificación y repostería.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Industria alimentaria.

Familia profesional informática

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Explotación de sistemas informáticos.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Administración de sistemas informáticos.

CFGS Desarrollo de aplicaciones informáticas.

Familia profesional mantenimiento de vehículos autopropulsados

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Electromecánica de vehículos.

CFGM Carrocería.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Automoción.

CFGS Mantenimiento aeromecánico.

CFGS Mantenimiento de aviónica.

Familia profesional mantenimiento y servicios a la producción

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Instalación y mantenimiento electromecánico de maquinaria y conducción de líneas.

CFGM Montaje y mantenimiento de instalaciones de frío, climatización y producción de calor.

CFGM Mantenimiento ferroviario.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Desarrollo de proyectos de instalaciones de fluidos, térmicas y de manutención.

CFGS Mantenimiento de equipos industriales.

CFGS Mantenimiento y montaje de instalaciones de edificio y proceso.

CFGS Prevención de riesgos profesionales.

Familia profesional química

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Operaciones de proceso en planta química.

CFGM Operaciones de proceso de pasta y papel.

CFGM Operaciones de fabricación de productos farmacéuticos.

CFGM Laboratorio.

CFGM Operaciones de transformación de plásticos y caucho.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Industrias de proceso químico.

CFGS Industrias de proceso de pasta y papel.

CFGS Fabricación de productos farmacéuticos y afines.

CFGS Análisis y control.

CFGS Química ambiental.

CFGS Plásticos y caucho.

Familia profesional sanidad

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Cuidados auxiliares de enfermería.

CFGM Farmacia.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Dietética.

CFGS Higiene bucodental.

CFGS Anatomía patológica y citología.

CFGS Laboratorio de diagnóstico clínico.

CFGS Salud ambiental.

CFGS Prótesis dentales.

CFGS Ortoprotésica.

CFGS Documentación sanitaria.

CFGS Radioterapia.

CFGS Imagen para el diagnóstico.

CFGS Audioprótesis.

Familia profesional servicios socioculturales y a la comunidad

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Atención sociosanitaria.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Animación sociocultural.

CFGS Educación infantil.

CFGS Interpretación de la lengua de signos.

CFGS Integración social.

Familia profesional textil, confección y piel

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Producción de hilatura y tejeduría de calada.

CFGM Producción de tejidos de punto.

CFGM Operaciones de ennoblecimiento textil.

CFGM Calzado y marroquinería.

CFGM Confección.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Procesos textiles de hilatura y tejeduría de calada.

CFGS Procesos textiles de tejeduría de punto.

CFGS Procesos de ennoblecimiento textil.

CFGS Curtidos.

CFGS Procesos de confección industrial.

CFGS Patronaje.

Familia profesional vidrio y cerámica

a) Ciclos formativos de grado medio:

CFGM Operaciones de fabricación de productos cerámicos.

CFGM Operaciones de fabricación de vidrio y transformados.

b) Ciclos formativos de grado superior:

CFGS Desarrollo y fabricación de productos cerámicos.

CFGS Fabricación y transformación de productos de vidrio.

CFGM Ciclo formativo de grado medio.

CFGS Ciclo formativo de grado superior.

Anexo 2

Grupos de itinerarios de las distintas familias profesionales

Grupo 1

Familias profesionales:

Artes gráficas.

Actividades marítimo-pesqueras.

Comunicación, imagen y sonido.

Edificación y obra civil.

Electricidad y electrónica.

Fabricación mecánica.

Madera y mueble.

Mantenimiento de vehículos autopropulsados.

Mantenimiento y servicios a la producción.

Textil, confección y piel.

Grupo 2

Familias profesionales:

Actividades agrarias.

Actividades físicas y deportivas.

Imagen personal.

Industrias alimentarias.

Química.

Sanidad.

Servicios socioculturales y a la comunidad.

Vidrio y cerámica.

Grupo 3

Familias profesionales:

Administración.

Comercio y marketing.

Hostelería y turismo.

Informática.

Servicios socioculturales y a la comunidad.

Anexo 3

Materias de la parte específica para los ciclos formativos de grado superior

Familia profesional: actividades agrarias.

CFGS Gestión y organización de empresas agropecuarias:

a) Biología.

b) Ciencias de la tierra y del medio ambiente.

c) Química.

d) Economía y organización de empresas.

CFGS Gestión y organización de recursos naturales y paisajísticos:

a) Biología.

b) Ciencias de la tierra y del medio ambiente.

c) Tecnología industrial.

d) Economía y organización de empresas.

Familia profesional: actividades físicas y deportivas.

CFGS Animación de actividades físicas y deportivas:

a) Biología.

b) Educación física.

Familia profesional: actividades marítimo-pesqueras.

CFGS Navegación, pesca y transporte marítimo:

a) Electrotecnia.

b) Dibujo técnico.

c) Tecnología industrial.

CFGS Supervisión y control de máquinas e instalaciones del buque:

a) Electrotecnia.

b) Dibujo técnico.

c) Mecánica.

CFGS Producción acuícola:

a) Química.

b) Biología.

Familia profesional: administración.

CFGS Administración y finanzas:

a) Economía y organización de empresas.

b) Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales.

c) Segunda lengua extranjera.

d) Economía.

CFGS Secretariado:

a) Economía y organización de empresas.

b) Segunda lengua extranjera.

c) Economía.

d) Geografía.

Familia profesional: artes gráficas.

CFGS Diseño y producción editorial:

a) Dibujo técnico.

b) Fundamentos de diseño.

c) Imagen.

d) Técnicas de expresión gráfico-plástica.

CFGS Producción en industrias gráficas:

a) Dibujo técnico.

b) Tecnología industrial

c) Técnicas de expresión gráfico-plástica.

d) Imagen.

Familia profesional: comercio y marketing.

CFGS Comercio internacional:

a) Economía y organización de empresas.

b) Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales.

c) Segunda lengua extranjera.

d) Economía.

CFGS Gestión comercial y marketing:

a) Economía y organización de empresas.

b) Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales.

c) Segunda lengua extranjera.

d) Economía.

CFGS Servicios al consumidor:

a) Economía y organización de empresas.

b) Geografía.

c) Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales.

d) Segunda lengua extranjera.

CFGS Gestión del transporte:

a) Economía y organización de empresas.

b) Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales.

c) Segunda lengua extranjera.

d) Economía.

Familia profesional: comunicación, imagen y sonido.

CFGS Imagen:

a) Física.

b) Imagen.

c) Electrotecnia.

CFGS Realización de audiovisuales y espectáculos:

a) Física.

b) Imagen.

c) Electrotecnia.

CFGS Producción de audiovisuales, radio y espectáculos:

a) Física.

b) Imagen.

c) Electrotecnia.

d) Economía y organización de empresas.

CFGS Sonido:

a) Física.

b) Imagen.

c) Electrotecnia.

Familia profesional: edificación y obra civil.

CFGS Desarrollo y aplicación de proyectos de construcción:

a) Mecánica.

b) Dibujo técnico.

c) Matemáticas.

CFGS Realización y planes de obras:

a) Mecánica.

b) Dibujo técnico.

c) Tecnología industrial.

CFGS Desarrollo de proyectos urbanísticos y operaciones topográficas:

a) Mecánica.

b) Dibujo técnico.

c) Geografía.

d) Ciencias de la tierra y del medio ambiente.

Familia profesional: electricidad y electrónica.

CFGS Desarrollo de productos electrónicos:

a) Electrotecnia.

b) Física.

c) Tecnología industrial.

CFGS Instalaciones electrotécnicas:

a) Electrotecnia.

b) Física.

c) Tecnología industrial.

CFGS Sistemas de regulación y control automáticos:

a) Electrotecnia.

b) Física.

c) Tecnología industrial.

CFGS Sistemas de telecomunicación e informáticos:

a) Electrotecnia.

b) Física.

c) Tecnología industrial.

Familia profesional: fabricación mecánica.

CFGS Desarrollo de proyectos mecánicos:

a) Tecnología industrial.

b) Dibujo técnico.

c) Matemáticas.

d) Mecánica.

CFGS Producción por mecanización:

a) Mecánica.

b) Tecnología industrial.

c) Dibujo técnico.

d) Matemáticas.

CFGS Producción por fundición y pulvimetalurgia:

a) Mecánica.

b) Tecnología industrial.

c) Dibujo técnico.

CFGS Construcciones metálicas:

a) Mecánica.

b) Tecnología industrial.

c) Dibujo técnico.

CFGS Óptica de anteojería:

a) Física.

b) Tecnología industrial.

c) Biología.

Familia profesional: madera y mueble.

CFGS Desarrollo de productos en carpintería y mueble:

a) Tecnología industrial.

b) Dibujo técnico.

c) Fundamentos de diseño.

CFGS Producción de madera y mueble:

a) Mecánica.

b) Tecnología industrial.

c) Dibujo técnico.

Familia profesional: hostelería y turismo.

CFGS Agencias de viajes:

a) Segunda lengua extranjera.

b) Economía.

c) Economía y organización de empresas.

d) Geografía.

CFGS Alojamiento:

a) Segunda lengua extranjera.

b) Economía.

c) Economía y organización de empresas.

d) Geografía.

CFGS Información y comercialización turísticas:

a) Historia del arte.

b) Geografía.

c) Segunda lengua extranjera.

d) Economía y organización de empresas.

CFGS Restauración:

a) Economía y organización de empresas.

b) Segunda lengua extranjera.

c) Economía.

d) Geografía.

e) Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales.

CFGS Animación turística:

a) Segunda lengua extranjera.

b) Historia del arte.

c) Geografía.

d) Economía y organización de empresas.

Familia profesional: imagen personal.

CFGS Asesoría de imagen personal:

a) Biología.

b) Historia del arte.

c) Historia del mundo contemporáneo.

d) Técnicas de expresión gráfico-plástica.

CFGS Estética:

a) Biología.

b) Técnicas de expresión gráfico-plástica.

c) Física y química.

d) Física.

Familia profesional: industrias alimentarias.

CFGS Industria alimentaria:

a) Biología.

b) Economía y organización de empresas.

c) Química.

d) Tecnología industrial.

Familia profesional: informática.

CFGS Desarrollo de aplicaciones informáticas:

a) Matemáticas.

b) Economía y organización de empresas.

c) Física.

d) Tecnología industrial.

CFGS Administración de sistemas informáticos:

a) Matemáticas.

b) Economía y organización de empresas.

c) Física.

d) Tecnología industrial.

Familia profesional: mantenimiento de vehículos autopropulsados.

CFGS Automoción:

a) Electrotecnia.

b) Mecánica.

CFGS Mantenimiento aeromecánico:

a) Electrotecnia.

b) Mecánica.

CFGS Mantenimiento de aviónica:

a) Electrotecnia.

b) Mecánica.

Familia profesional: mantenimiento y servicios a la producción.

CFGS Desarrollo de proyectos de instalaciones de fluidos, térmicos y de manutención:

a) Tecnología industrial.

b) Electrotecnia.

c) Mecánica.

d) Dibujo técnico.

CFGS Mantenimiento de equipos industriales:

a) Tecnología industrial.

b) Electrotecnia.

c) Mecánica.

d) Dibujo técnico.

CFGS Mantenimiento y montaje de instalaciones de edificio y proceso:

a) Tecnología industrial.

b) Electrotecnia.

c) Mecánica.

d) Dibujo técnico.

CFGS Prevención de riesgos profesionales:

a) Biología.

b) Tecnología industrial.

c) Física y química.

Familia profesional: química.

CFGS Análisis y control:

a) Química.

b) Biología.

c) Ciencias de la tierra y del medio ambiente.

d) Física.

CFGS Química ambiental:

a) Química.

b) Biología.

c) Ciencias de la tierra y del medio ambiente.

d) Física.

CFGS Fabricación de productos farmacéuticos y afines:

a) Química.

b) Tecnología industrial.

c) Física.

d) Biología.

CFGS Industrias de proceso de pasta y papel:

a) Química.

b) Tecnología industrial.

c) Electrotecnia.

d) Física.

CFGS Industrias de proceso químico:

a) Química.

b) Tecnología industrial.

c) Electrotecnia.

d) Física.

CFGS Plásticos y caucho:

a) Química.

b) Tecnología industrial.

c) Electrotecnia.

d) Física.

Familia profesional: sanidad.

CFGS Higiene bucodental:

a) Biología.

b) Química.

c) Física y química.

CFGS Laboratorio de diagnóstico clínico:

a) Biología.

b) Química.

c) Física y química.

CFGS Imagen para el diagnóstico:

a) Biología.

b) Física.

CFGS Dietética:

a) Biología.

b) Química.

CFGS Anatomía patológica y citología:

a) Biología.

b) Química.

c) Física y química.

CFGS Salud ambiental:

a) Biología.

b) Física y química.

c) Ciencias de la tierra y del medio ambiente.

CFGS Prótesis dentales:

a) Dibujo técnico.

b) Biología.

c) Tecnología industrial.

CFGS Ortoprotésica:

a) Dibujo técnico.

b) Biología.

c) Tecnología industrial.

CFGS Documentación sanitaria:

a) Biología.

b) Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales.

CFGS Radioterapia:

a) Biología.

b) Física.

CFGS Audioprótesis:

a) Biología.

b) Física.

c) Electrotecnia.

Familia profesional: servicios socioculturales y a la comunidad.

CFGS Animación sociocultural:

a) Historia del mundo contemporáneo.

b) Economía.

c) Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales.

d) Técnicas de expresión graficoplástica.

CFGS Educación infantil:

a) Historia del mundo contemporáneo.

b) Economía.

c) Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales.

d) Técnicas de expresión graficoplástica.

CFGS Integración social:

a) Segunda lengua extranjera.

b) Historia del mundo contemporáneo.

c) Economía.

d) Matemáticas aplicadas a las ciencias sociales.

CFGS Interpretación de la lengua de signos:

Historia del mundo contemporáneo.

Familia profesional: textil, confección y piel.

CFGS Procesos de confección industrial:

a) Dibujo técnico.

b) Tecnología industrial.

c) Técnicas de expresión graficoplástica.

CFGS Procesos textiles de hilatura y tejeduría de calada:

a) Dibujo técnico.

b) Tecnología industrial.

c) Técnicas de expresión graficoplástica.

CFGS Procesos textiles de tejeduría de punto:

a) Dibujo técnico.

b) Tecnología industrial.

c) Técnicas de expresión graficoplástica.

CFGS Patronaje:

a) Dibujo técnico.

b) Dibujo artístico.

c) Técnicas de expresión graficoplástica.

CFGS Procesos de ennoblecimiento textil:

a) Química.

b) Tecnología industrial.

c) Dibujo técnico.

CFGS Curtidos:

a) Química.

b) Tecnología industrial.

c) Dibujo técnico.

Familia profesional: vidrio y cerámica.

CFGS Desarrollo y fabricación de productos cerámicos:

a) Química.

b) Tecnología industrial.

CFGS Fabricación y transformación de productos de vidrio:

a) Química.

b) Tecnología industrial.

Anexo 4

Solicitud de reconocimiento de necesidades específicas a efectos de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de formación profesional específica

(Nombre y apellidos), con domicilio en la calle (nombre de la calle y núm.), municipio (nombre del municipio), CP (núm. código postal), nacido/a el (día) de (mes) de (año), con DNI (o documento de identificación equivalente) (núm.) y teléfono (núm.),

Expongo:

1. Que he realizado la inscripción a las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado (grado medio o superior/en caso de ciclo de grado superior es preciso indicar qué ciclo) para el año (año).

2. Que tengo una disminución legalmente reconocida.

3. Que aporto la documentación:

a) Fotocopia del DNI o documento de identificación equivalente

b) Certificado del Centro de Atención al Disminuido del Departamento de Bienestar y Familia, y certificado de un organismo acreditado descriptivo de la disminución o trastorno.

c) Documentación justificativa de las modificaciones y adaptaciones curriculares en los últimos estudios cursados en el sistema educativo.

Solicito:

Que esta circunstancia se tenga en cuenta a la hora de realizar la prueba.

(Población), (día) de (mes) de (año).

(Firma)

Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente

Vía Augusta 202

08021 Barcelona

Anexo 5

Solicitud de exención de la parte específica de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior, por experiencia laboral o experiencia deportiva

(Nombre y apellidos), con domicilio en la calle (nombre de la calle y núm.), municipio (nombre del municipio), CP (núm. código postal), nacido/a el (día) de (mes) de (año), con DNI (o documento de identificación equivalente) (núm.) y teléfono (núm.),

Expongo:

1. Que tengo el requisito de experiencia laboral relacionada con el ciclo formativo que quiero cursar:

a) Mínimo de un año de experiencia laboral, a jornada completa, o el tiempo proporcional en caso de jornada reducida, con una categoría profesional igual o superior a la que corresponde al ciclo formativo de grado superior (en general, oficial de segunda y de primera), reconocida oficialmente (grupo de cotización).

b) Mínimo de tres años de experiencia laboral a jornada completa, o el tiempo proporcional en caso de jornada reducida, dentro del mismo grupo profesional, si la categoría reconocida oficialmente (grupo de cotización) es inferior.

c) Experiencia laboral en diversas categorías profesionales equivalente a las dos anteriores.

d) Mínimo de un año de experiencia deportiva en el entrenamiento o la dirección de equipos deportivos u otras actividades relacionadas.

2. Que aporto los documentos:

a). Fotocopia del DNI o documento de identificación equivalente

b) Certificado o justificante de cotización, donde consta: la empresa, el grupo de cotización y el periodo de alta, expedido por:

La Tesorería General de la Seguridad Social (informe de vida laboral) o la Mutualidad Laboral.

En caso de las personas funcionarias: hoja de servicios o certificado de la administración correspondiente

c) Certificado de empresa o empresas, donde consta, de forma detallada, las tareas o actividades que he realizado, relacionadas con el/los ciclos/s formativo/s por el/los que pido la exención.

En caso de no poder aportar este certificado, las personas asalariadas pueden presentar fotocopia del/los contrato/s, nómina/s u otros documentos, siempre y cuando contengan la información suficiente para poder valorar el tipo y nivel de las tareas realizadas. Las personas del régimen especial de trabajadores autónomos pueden presentar una declaración jurada donde conste detalladamente el tipo de tareas o actividades realizadas.

d) Para pedir la exención de la parte específica para el acceso al ciclo formativo de animación de actividades físicas y deportivas, es preciso presentar el certificado donde conste el número de identificación fiscal de la entidad legalmente constituida, las actividades realizadas y el tiempo de dedicación, que justifiquen un mínimo de un año en el entrenamiento o la dirección de equipos deportivos u otras actividades relacionadas.

3. Que no poseo los requisitos académicos para acceder a los ciclos formativos de grado superior.

4. Declaro que los datos y la documentación que aporto son ciertos.

Por ello,

Solicito:

Que se me reconozca la exención de la parte específica de la prueba de acceso al/a los ciclo/s formativo/s siguiente/s: (nombre del ciclo/s).

(Población), (día) de (mes) de (año)

(Firma)

Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente

Via Augusta 202

08021 Barcelona

Anexo 6

Solicitud de exención de la parte común de la prueba de acceso a los ciclos formativos de grado superior por haber superado la prueba de acceso en la universidad para mayores de 25 años

(Nombre y apellidos), con domicilio en la calle (nombre de la calle y núm.), municipio (nombre del municipio), CP (núm. código postal), nacido/a el(día) de (mes) de (año), con DNI (o documento de identificación equivalente) (núm.) y teléfono (núm.),

Expongo:

1. Que he superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años expedida para los estudios de (nombre de los estudios) en la convocatoria de (día) de (mes) de (año).

Que aporto los documentos:

a) Fotocopia del DNI o documento de identificación equivalente.

b) Certificado acreditativo de haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años expedido por la universidad (fotocopia).

Por ello,

Solicito:

Que se me reconozca la exención de las pruebas de acceso al/a los ciclo/s formativo/s siguiente/s: (pruebas).

(Población), (día) de (mes) de (año).

(Firma)

Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente

Via Augusta 202

08021 Barcelona

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