DECRETO 19/2005, DE 25 DE FEBRERO, DE MODIFICACIÓN DEL DECRETO 191/2003, DE 19 DE DICIEMBRE, SOBRE PERCEPCIÓN DE INDEMNIZACIONES POR LOS GASTOS DE DESPLAZAMIENTO, ESTANCIA Y ASISTENCIA A LAS SESIONES DEL CONSEJO ASESOR DE RADIOTELEVISIÓN ESPAÑOLA EN LAS ILLES BALEARS
El Decreto 191/2003, de 19 de diciembre, reguló el sistema de percepción de indemnizaciones por los gastos de desplazamiento, estancia y asistencia a las sesiones del Consejo Asesor de Radiotelevisión Española en las Illes Balears.
Teniendo en cuenta el tiempo transcurrido y la conveniencia de adaptar la cantidad que resulta adecuada para cubrir la indemnización por asistencia a las reuniones del Consejo Asesor de Radiotelevisión Española en las Illes Balears, a propuesta de la Vicepresidenta y Consejera de Relaciones Institucionales y previa deliberación del Consejo de Gobierno en la sesión del 25 de febrero de 2005, decreto:
Artículo único
Se modifica la redacción del punto 1 del artículo 1 del Decreto 191/2003, de 19 de diciembre, sobre percepción de indemnizaciones por los gastos de des- plazamiento, estancia y asistencia a las sesiones del Consejo Asesor de Radiotelevisión Española en las Illes Balears, que queda redactado de la manera siguiente:
“1. Indemnización por asistencia a las reuniones del Consejo Asesor de Radiotelevisión Española en las Illes Balears convocadas reglamentariamente:
180 euros.”
Disposición final única Este Decreto empieza a regir el mismo día de su publicación en el 'Butlletí Oficial de les Illes Balears.