RESOLUCIÓN PRE/517/2005, DE 24 DE FEBRERO, DE DELEGACIÓN DE COMPETENCIA DEL SECRETARIO GENERAL DEL PRIMER CONSEJERO EN LA PERSONA TITULAR DE LA SECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERDEPARTAMENTAL.
Considerando lo que dispone el artículo 38 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, en relación con el artículo 11.2 de la misma Ley;
Considerando el Decreto 195/2004, de 24 de febrero, de reestructuración parcial del Departamento, y considerando lo que establece el artículo 94.2.b) del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre;
En virtud de lo que dispone el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y de acuerdo con lo que establecen los artículos 38 y 39 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad, y con la autorización del primer consejero,
Resuelvo:
Delegar en la persona titular de la Secretaría de Coordinación Interdepartamental, en lo referente a las actuaciones correspondientes al ámbito funcional de esta unidad, la competencia para emitir el informe acreditativo de la imposibilidad de promover concurrencia pública por la especificidad del objeto de la subvención o de las actividades a desarrollar, a que hace referencia el artículo 94.2.b) del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.