ORDEN DE 15 DE FEBRERO DE 2005 POR LA QUE SE FIJAN LAS CUANTÍAS DE LOS CONCIERTOS DEL PROGRAMA DE SALUD BUCODENTAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.
El Decreto 195/2004, de 29 de diciembre, sobre asistencia dental a la población infantil de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece los criterios esenciales de actuación que deben regir en la gestión de la prestación en materia de salud buco-dental destinada a los niños de la Comunidad Autónoma de Extremadura, conteniendo el conjunto de medidas preventivas y asistenciales que garanticen una asistencia sanitaria de calidad.
El art. 12 del mencionado Decreto establece que mediante Orden de la Consejería de Sanidad y Consumo se determinarán las tarifas correspondientes a la prestación de los servicios que se concierten con los dentistas del sector privado, procediendo pues, la fijación en la presente disposición de las citadas tarifas.
En su virtud y en uso de las atribuciones conferidas por el art. 36 de la Ley 1/2002, de 28 de junio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, DISPONGO
Artículo Único.- Se aprueban las tarifas para el año 2005 que percibirán los dentistas del sector privado que suscriban conciertos con el Servicio Extremeño de Salud dentro del Programa de Salud Bucodental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que figuran como Anexo a la presente Orden.
DISPOSICIÓN FINAL La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
ANEXO
• Tarifa por capitación anual: 45 €.
• Tarifa por tratamientos especiales:
• APICOFORMACIÓN: 40 € por sesión.
• ENDODONCIAS 1 CONDUCTO: 60 €.
• ENDODONCIAS 2 CONDUCTOS: 75 €.
• ENDODONCIAS 3 CONDUCTOS: 90 €.
• RECUBRIMIENTO PULPAR DIRECTO: 20 €.
• PERNO PREFABRICADO INTRARRADICULAR: 25 €.
• FERULIZACIÓN DEL GRUPO ANTERIOR: 60 €.
• GRAN RECONSTRUCCIÓN (Fractura de más de 1/3 de la corona que ha requerido tratamiento endodóntico): 60 €.
• RECONSTRUCCIÓN (Se considera como tal la reconstrucción en el grupo anterior y en dentición permanente de lesiones debidas a traumatismos, excepto las incluidas en el apartado de gran reconstrucción): 45 €.
• REIMPLANTE DENTARIO: 60 €.
• SUTURA DE TEJIDOS BLANDOS (Se exceptúan las incluidas en alguno de los tratamientos anteriores): 30 €.