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PRECIOS MÁXIMOS PARA EL AÑO 2005 DE LOS SERVICIOS DE LAS RESIDENCIAS DE TIEMPO LIBRE

25/02/2005
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Resolución de 28 de enero de 2005, del conseller de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se fijan los precios máximos para el año 2005 de los servicios de las residencias de tiempo libre de la Generalitat Valenciana y se determinan las fechas de las temporadas especiales (DOGV de 25 de febrero de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 28 DE ENERO DE 2005, DEL CONSELLER DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO, POR LA QUE SE FIJAN LOS PRECIOS MÁXIMOS PARA EL AÑO 2005 DE LOS SERVICIOS DE LAS RESIDENCIAS DE TIEMPO LIBRE DE LA GENERALITAT VALENCIANA Y SE DETERMINAN LAS FECHAS DE LAS TEMPORADAS ESPECIALES.

La Orden de 8 de abril de 1998, de la Conselleria de Empleo, Industria y Comercio (DOGV n° 3223 de 16.04.1998), por la que se establece el régimen de funcionamiento y estancias de las residencias de tiempo libre de la Generalitat Valenciana, establece en su artículo 3.1 que los precios máximos de los servicios prestados por las mismas serán autorizados con carácter anual mediante la correspondiente resolución.

De otra parte, el artículo 12.2 de la citada orden establece como temporada especial la semana de fiestas de San José en el caso de la residencia de El Puig y la semana de San Joan en la residencia de San Juan de Alicante.

Añadiendo, asimismo, que por resolución de la conselleria competente podrá extenderse tal carácter a otras fechas sin que necesariamente coincidan las mismas en ambas residencias.

Por lo expuesto, resuelvo:

Primero Se autoriza a los concesionarios de las residencias de tiempo libre de la Generalitat Valenciana a percibir en el año 2005, por los servicios que prestan a los usuarios, los precios máximos que se determinan en el anexo a la presente resolución.

Segundo Las fechas en las que debe regir las temporadas especiales correspondientes a las fiestas de San José, San Juan y Semana Santa son las siguientes Semana de Fallas Del 15 al 19 de marzo Residencia de Puig Semana de San Juan Del 20 al 24 de junio Residencia de San Juan de Alicante Semana Santa Del 24 al 28 de marzo Residencia de Puig y San Juan de Alicante Tercero La presente resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

ANEXO

Precios máximos autorizados que podrá percibir el concesionario de la residencia de tiempo libre en el año 2005 a) Precios por servicio de estancias en régimen de pensión completa:

1. Residencia de Puig 1.1) Precios que regirán en la temporada media/baja:

26,31 euros por persona y día en habitación de dos o más plazas ocupadas.

36,66 euros por persona y día en habitación que se ocupe individualmente.

1.2) Precios que regirán en las temporadas alta y especiales que se establezcan:

33,44 euros por persona y día en habitación de dos o más plazas ocupadas.

46,02 euros por persona y día en habitación ocupada individualmente.

2. Residencia de San Juan de Alicante 2.1) Precios que regirán en la temporada media/baja:

24,16 euros por persona y día en habitación de dos o más plazas ocupadas.

34,50 euros por persona y día en habitación que se ocupe individualmente.

2.2) Precios que regirán en las temporadas alta y especiales que se establezcan:

31,28 euros por persona y día en habitación de dos o más plazas ocupadas.

43,86 euros por persona y día en habitación ocupada individualmente.

b) Precios por los demás servicios:

1) Servicios de restauración a no residentes Abono semanal: 108,47 euros Abono diario: 16,90 euros Desayuno: 1,78 euros Comida: 8,96 euros Cena: 7,87 euros 2) Servicio de lavandería: 4,87 euros 3) Garaje (Puig): 3,63 euros Los precios fijados en la relación anterior no incluyen las consumiciones de cafetería, servicios discrecionales de animación, ni otras actividades de ocio en que participen voluntariamente los residentes, organizadas por estos, o concertadas por los mismos con empresas turísticas o con el concesionario de la residencia.

A todos los precios anteriores se les repercutirá el IVA vigente en el momento de su devengo.

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