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  • EDICIÓN DE 25/02/2005
 
 

MODIFICACIÓN DE LA ORDEN DE 8 DE FEBRERO DE 2001

25/02/2005
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Orden de 17 de febrero de 2005, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se modifica la Orden de 8 de febrero de 2001 de la Conselleria de Bienestar Social (DOGV de 25 de febrero de 2005). Texto completo.

ORDEN DE 17 DE FEBRERO DE 2005, DE LA CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 8 DE FEBRERO DE 2001 DE LA CONSELLERIA DE BIENESTAR SOCIAL.

El objeto de la presente orden es la racionalización de la gestión de las atribuciones de contenido económico que tiene asignadas la Subsecretaría, mediante su concentración en un único servicio de los dependientes de la Secretaría General Administrativa.

Como consecuencia, esta Conselleria de Bienestar Social ha considerado conveniente abordar la reorganización del actual Servicio de Gestión Económica y Presupuestaria, dotándolo de nuevas competencias que aúnen en un solo Servicio todas aquellas materias dotadas de un claro contenido económico, como son la gestión de nóminas, la coordinación de las cajas pagadoras y la gestión patrimonial de los bienes muebles de la Conselleria. Consiguiendo de este modo racionalizar la gestión y homogeneizarla con el resto de Consellerias.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 35 e) y 71 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, previo informe de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas y de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, procede la modificación de la Orden de la Conselleria de Bienestar Social de 8 de febrero de 2.001, y por ello, ORDENO

Artículo único

1. Se modifica el párrafo segundo del artículo 3 de la Orden de 8 de febrero de 2001, de la Conselleria de Bienestar Social, que queda redactado como sigue:

“Oficina de Programación Presupuestaria y Administración Económica, al que le corresponden las siguientes funciones:

a) Elaboración del anteproyecto de presupuestos de la Conselleria.

b) Tramitar las propuestas de modificaciones presupuestarias.

c) Tramitar y formalizar los ingresos que se originen por las actividades de los distintos centros directivos de la Conselleria.

d) Control y seguimiento de la ejecución presupuestaria y económica de todos los programas presupuestarios de la Conselleria y gestionar el correspondiente a Dirección y Servicios generales.

e) Informar los anteproyectos de ley, proyectos de disposiciones generales, resoluciones o convenios de la Conselleria con repercusión en el gasto público.

f) Coordinación y seguimiento de las distintas cajas pagadoras de la conselleria así como la contabilización de las cuentas justificativas de los fondos de caja fija gestionados por los centros directivos de la conselleria.

g) Supervisión de la actividad de gestión económico-presupuestaria que realicen otras unidades de la Conselleria.

h) Evaluar los programas presupuestarios y, en general, desarrollar cuantas funciones de carácter económico y presupuestario le sean encomendadas por los órganos superiores.

i) Establecer las directrices para la correcta gestión de gastos e ingresos y la óptima utilización de los recursos.

j) Diseñar y mantener actualizados los programas de información y gestión económica de la Conselleria.

k) Tramitar todas las incidencias relativas a la gestión de nómina del personal adscrito al departamento.

l) Gestión patrimonial de los bienes muebles de la conselleria.

m) Cualquier otra función relativa a la gestión económica o presupuestaria.”

2. Se modifica la letra f) del párrafo quinto del artículo 3 de la citada Orden, que quedará redactada como sigue:

“f) Gestión patrimonial de los bienes inmuebles adscritos a la conselleria.”

DISPOSICIÓN FINAL La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

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