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  • EDICIÓN DE 31/01/2005
 
 

CELEBRACIÓN DEL DÍA DE ANDALUCÍA

31/01/2005
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Resolución de 17 de enero de 2005, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se dictan instrucciones para la celebración del Día de Andalucía en los centros docentes de esta Comunidad Autónoma (BOJA de 31 de enero de 2005). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 17 DE ENERO DE 2005, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y EVALUACIÓN EDUCATIVA, POR LA QUE SE DICTAN INSTRUCCIONES PARA LA CELEBRACIÓN DEL DÍA DE ANDALUCÍA EN LOS CENTROS DOCENTES DE ESTA COMUNIDAD AUTÓNOMA

El Estatuto de Autonomía para Andalucía establece en su artículo 12.3.2.º como uno de los objetivos a alcanzar en esta Comunidad, el afianzamiento de la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y reconocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad.

Asimismo, en su artículo 19.2 se dispone que los poderes de la Comunidad Autónoma velarán por que los contenidos de la enseñanza e investigación en Andalucía guarden una esencial conexión con las realidades, tradiciones, problemas y necesidades del pueblo andaluz.

De acuerdo con lo anterior, y aún cuando las programaciones y los Planes Anuales de Centro se hayan realizado integrando y adaptando a cada realidad lo propuesto en cuanto a la Cultura Andaluza en los Decretos por los que se establecen las enseñanzas correspondientes a cada nivel educativo, la conmemoración del Día de Andalucía estará dirigida a fomentar en nuestro alumnado el conocimiento y la reflexión, en un marco de convivencia, sobre esta Comunidad Autónoma.

Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa ha dispuesto:

Primero. Todos los centros docentes de esta Comunidad Autónoma celebrarán el Día de Andalucía antes del próximo 28 de febrero.

Segundo. En las fechas anteriores al 28 de febrero se programarán actos tendentes a la promoción y fomento de la cultura andaluza en todas sus manifestaciones y expresiones, así como al mejor conocimiento del Estatuto de Autonomía para Andalucía. En el desarrollo de las actividades, los centros habrán de tener en cuenta la declaración por el Consejo de Europa del año 2005 como “Año europeo de la ciudadanía a través de la educación”.

Tercero. Dicha programación contendrá actividades a realizar con los distintos grupos de alumnos y alumnas, dentro del horario lectivo, a lo largo de la jornada escolar.

Cuarto. La programación, anteriormente mencionada incluirá una hora, como mínimo, para el debate y la realización de actividades sobre el Estatuto de Autonomía para Andalucía, sobre aspectos de la historia, cultura, geografía, economía, etc. de esta Comunidad Autónoma, así como sobre la bandera, himno y escudo que la identifican. Igualmente, se promoverá la reflexión sobre los valores democráticos que comparten los ciudadanos y ciudadanas andaluzas con el resto de la ciudadanía europea. Para dichas actividades se podrá contar con personalidades invitadas a tal fin.

Quinto. Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación prestarán a los centros, en el ámbito de su competencia, el apoyo necesario para la realización de las actividades programadas por ellos.

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