ENMIENDAS PROPUESTAS POR PORTUGAL A LOS ANEJOS A Y B DEL ACUERDO EUROPEO SOBRE TRANSPORTE INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS PELIGROSAS POR CARRETERA (ADR), HECHO EN GINEBRA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1957
Las presentes Enmiendas entrarán en vigor de forma general y para España el 1 de enero de 2005.
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 15 de diciembre de 2004.–El Secretario General Técnico, Francisco Fernández Fabregas.
[En suplemento aparte se publican las Enmiendas propuestas por Portugal a los Anejos A y B del Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR)]