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  • EDICIÓN DE 14/12/2004
 
 

MEDIOS TRASPASADOS POR EL REAL DECRETO 1788/2004, DE 30 DE JULIO

14/12/2004
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Decreto 554/2004, de 7 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Agricultura y Pesca los medios traspasados por la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 1788/2004, de 30 de julio, en materia de Agricultura (FEGA) (BOJA de 14 de diciembre de 2004). Texto completo.

DECRETO 554/2004, DE 7 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE ASIGNAN A LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y PESCA LOS MEDIOS TRASPASADOS POR LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA POR EL REAL DECRETO 1788/2004, DE 30 DE JULIO, EN MATERIA DE AGRICULTURA (FEGA)

El Real Decreto 1788/2004, de 30 de julio, sobre ampliación de los medios traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 511/1996, de 15 de marzo, adscritos a la gestión en materia de agricultura (FEGA) (BOE núm. 186, de 3 de agosto de 2004), precisa la aprobación de una disposición que asigne tales medios a la Consejería competente.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de diciembre de 2004 DISPONGO

Artículo único. Asignación de medios.

Se asignan a la Consejería de Agricultura y Pesca los medios personales y patrimoniales traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud del Real Decreto 1788/2004, de 30 de julio, sobre ampliación de los medios traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 511/1996, de 15 de marzo, adscritos a la gestión en materia de agricultura (FEGA).

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de la efectividad del traspaso a partir de la fecha señalada en el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias y de las previsiones contenidas en el artículo 3 del Real Decreto 1788/2004, de 30 de julio.

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