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  • EDICIÓN DE 07/12/2004
 
 

CONFLICTOS DE COMPETENCIA, CUESTIONES Y RECURSOS DE INCONSTITUCIONALIDAD

07/12/2004
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A continuación se insertan los conflictos positivos de competencia, las cuestiones y los recursos de inconstitucionalidad publicados en el BOE de 8 de diciembre de 2004.

Recurso de inconstitucionalidad número 5209-2001, promovido por el Gobierno de Aragón, en relación con varios artículos de la Ley 10/2001, de 5 de julio, que aprueba el Plan Hidrológico Nacional.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 16 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Letrado del Gobierno de Aragón, en la representación que legalmente ostenta, del recurso de inconstitucionalidad número 5209-2001, planteado en relación con varios artículos de la Ley 10/2001, de 5 de julio, que aprueba el Plan Hidrológico Nacional, declarándose extinguido el proceso.

Recurso de inconstitucionalidad número 5840-2002, en relación a varios artículos de la Ley del Parlamento de Cataluña 19/2002, de 5 de julio, de derechos reales de garantía.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 16 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del recurso de inconstitucionalidad número 5840-2002, planteado en relación con varios artículos de la Ley del Parlamento de Cataluña 19/2002, de 5 de julio, de derechos reales de garantía, declarándose extinguido el proceso.

Recurso de inconstitucionalidad número 2427-2002, promovido por el Presidente del Gobierno, en relación con los artículos 24, 25 y 26 de la Ley del Parlamento de Cataluña 25/2001, de 31 de diciembre, de la accesión y la ocupación.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 16 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del recurso de institucionalidad núm. 2427-2002, planteado en relación con los arts. 24, 25 y 26 de la Ley del Parlamento de Cataluña 25/2001, de 31 de diciembre, de la accesión y la ocupación, declarándose extinguido el proceso.

Recurso de inconstitucionalidad número 5598-2004, promovido por más de cincuenta Senadores del Grupo Popular en el Senado contra el Real Decreto-Ley 2/2004, de 18 de junio, por el que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional.

El Tribunal Constitucional, por providencia de 16 de noviembre actual, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 5598-2004, promovido por más de cincuenta Senadores del Grupo Popular en el Senado, contra el Real Decreto-Ley 2/2004, de 18 de junio, por el que se modifica la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional.

Conflicto positivo de competencia núm. 1051-1996, en relación con los artículos 3 y 5 del Real Decreto 1947/1995, de 1 de diciembre, por el que se establece el Plan Nacional de Evaluación de la Calidad de las Universidades.

El Tribunal Constitucional por Auto de 16 de noviembre actual ha acordado tener por desistido al Abogado de la Generalidad de Cataluña, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 1051/1996, promovido en relación con los arts. 3 y 5 del Real Decreto 1947/1995, de 1 de diciembre, por el que se establece el Plan Nacional de Evaluación de la Calidad de las Universidades.

Conflicto positivo de competencia núm. 3836-1997, en relación a la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 19 de mayo de 1997, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización y la convocatoria de dichas ayudas.

El Tribunal Constitucional por Auto de 16 de noviembre actual ha acordado tener por desistido al Gobierno de la Generalidad de Cataluña, del conflicto positivo de competencia núm. 3836-1997, promovido en su día contra la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 19 de mayo de 1997, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para actuaciones de reindustrialización y la convocatoria para las solicitudes de dichas ayudas, y declarar terminado el proceso.

Conflicto positivo de competencia número 1637/2001 y 1641/2001 acumulados promovidos por el Gobierno de la Generalidad de Cataluña y la Junta de Andalucía, en relación con el Real Decreto 1909/2000, de 24 de noviembre, por el que se fija el complemento de destino de los funcionarios de los Cuerpos de Médicos Forenses, Técnicos Facultativos del Instituto de Toxicología, Oficiales Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, Técnicos Especialistas, Auxiliares de Laboratorio del Instituto de Toxicología y Agentes de Laboratorio a extinguir del Instituto de Toxicología.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 16 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Letrado de la Generalidad de Cataluña, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 1637-2001, planteado en relación con el Real Decreto 1909/2000, de 24 de noviembre, por el que se fija el complemento de destino de los funcionarios de los Cuerpos de Médicos Forenses, Técnicos Facultativos de Instituto de Toxicología, Oficiales Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, Técnicos Especialistas, Auxiliares de Laboratorio del Instituto de Toxicología y Agentes de Laboratorio a extinguir del Instituto de Toxicología, subsistiendo el proceso respecto del conflicto positivo de competencia núm. 1641-2001, planteado por la Junta de Andalucía.

Conflicto positivo de competencia núm. 5781-2003, en relación con los artículos 3.1.c) y 5.3 del Decreto de la Generalidad de Cataluña 156/2003, de 10 de junio, de regulación de las oficinas en el exterior.

El Tribunal Constitucional, por Auto de 16 de noviembre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, del conflicto positivo de competencia núm. 5781-2003, promovido en relación con los artículos 3.1.c) y 5.3 del Decreto de la Generalidad de Cataluña 156/2003, de 10 de junio, de regulación de las oficinas de la Generalidad de Cataluña en el exterior, y declarar extinguido el proceso.

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