En dicho Informe se mantiene la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias, derivada de la últimas elecciones de miembros de Cámaras Agrarias de ámbito provincial, hasta que se establezca otro mecanismo de medición.
En consecuencia, seguirán manteniendo la consideración de más representativas las organizaciones profesionales de agricultores y ganaderos que en la actualidad la ostentan ante la Administración General del Estado.
La derogación de la Ley 23/1986, de 24 de diciembre, por la que se establecen las bases del régimen jurídico de las Cámaras Agrarias había sido pedida por la mayoría de las Comunidades Autónomas.
Esta petición ha sido atendida por parte del Gobierno, que con el Anteproyecto concede libertad a las Comunidades Autónomas para que establezcan el régimen de representatividad que estimen más oportuno y acorde a las peculiaridades de su territorio.