RESOLUCIÓN GAP/2604/2004, DE 14 DE SEPTIEMBRE, DE CONCESIÓN DE AYUDAS A LAS ORGANIZACIONES SINDICALES PARA FOMENTAR LA ACCIÓN Y LA FORMACIÓN SINDICALES EN EL ÁMBITO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALIDAD EN RELACIÓN CON EL PERSONAL FUNCIONARIO DE ADMINISTRACIÓN Y TÉCNICO, AL PERSONAL DOCENTE NO UNIVERSITARIO, AL PERSONAL ESTATUTARIO Y AL PERSONAL LABORAL
Mediante la Orden GAP/266/2004, de 9 de julio (DOGC núm. 4183, de 27.7.2004), se aprobaron las bases reguladoras para la concesión a las organizaciones sindicales de las ayudas previstas en la partida presupuestaria 1102D/480110400/3151 del presupuesto para el año 2004, del Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas, con un importe máximo de 110.995,00 euros.
Este importe debe distribuirse entre las organizaciones sindicales proporcionalmente al número de representantes obtenidos en las elecciones a juntas de personal y comités de empresa realizadas hasta al 31 de diciembre de 2003, ponderados de acuerdo con el número de empleados públicos que en esta fecha prestaban servicios en la Administración de la Generalidad de Cataluña como personal de plantilla en los ámbitos del personal funcionario de administración y técnico, del personal docente no universitario, del personal estatutario y del personal laboral al servicio de la Administración de la Generalidad de Cataluña.
Vista la Ley 6/2004, de 16 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2004.
Vistas las solicitudes presentadas en la convocatoria y de acuerdo con la valoración que ha efectuado la Dirección General de la Función Pública,
Resuelvo:
.1 Otorgar a las organizaciones sindicales que figuran en el anexo de esta resolución las ayudas indicadas por un importe total de 110.995,00 euros, que se fijan para fomentar la acción y la formación sindicales en el ámbito de la Administración de la Generalidad de Cataluña, en cuanto al personal funcionario de administración y técnico, al personal docente no universitario, al personal estatutario y al personal laboral.
.2 Las cantidades fijadas se harán efectivas mediante una transferencia bancaria.
.3 Contra esta Resolución se puede interponer recurso de alzada ante la secretaria de Administración y Función Pública, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación de la resolución.
Barcelona, 14 de septiembre de 2004
Francisco José González Ruiz
Director general de la Función Pública
Anexo
Organización sindical: Comisión Obrera Nacional de Cataluña (CCOO).
Subvención: 32.820,81 euros.
Organización sindical: Intersindical Alternativa de Cataluña (IAC).
Subvención: 28.801,93 euros.
Organización sindical: Convergencia Estatal de Médicos y Ayudantes Técnicos Sanitarios (CEMSATSE).
Subvención: 16.492,06 euros.
Organización sindical: Unión General de Trabajadores (UGT).
Subvención: 17.046,93 euros.
Organización sindical: Confederación Sindical Independiente y Sindical de Funcionarios (CSI-CSIF).
Subvención: 3.220,15 euros.
Organización sindical: Sindicato de Auxiliares de Enfermería (SAE).
Subvención: 2.502,57 euros.
Organización sindical: Confederación General del Trabajo de Cataluña (CGT).
Subvención: 2.263,17 euros.
Organización sindical: Facultativos Independientes.
Subvención: 1.720,52 euros.
Organización sindical: Intersindical-Confederación Sindical de Cataluña (SAC-CSC).
Subvención: 1.977,81 euros.
Organización sindical: Asociación de Profesores de Educación Pública de Cataluña (ASPEPC).
Subvención: 1.407,70 euros.
Organización sindical: ANPE Sindicato Independiente.
Subvención: 938,46 euros.
Organización sindical: Unión Sindical Obrera de Cataluña (USOC).
Subvención: 828,02 euros.
Organización sindical: Confederación de Trabajadores de Cataluña (CTC).
Subvención: 469,23 euros.
Organización sindical: Federación de Enseñantes de Religión de Cataluña (FERC).
Subvención: 436,69 euros.
Organización sindical: Sindicato de Maestros y Profesores de Religión Católica de Cataluña (PREC-USOC).
Subvención: 68,95 euros.