El Real Decreto define técnicamente la adaptación que tienen que incorporar las viviendas, especialmente las de nueva construcción, para poder recibir los nuevos servicios de telecomunicaciones, como la televisión digital terrestre, los servicios de cable o la telefonía vía radio, entre otros.
La aplicación de esta normativa garantizará que los edificios dispongan de la infraestructura necesaria para que los usuarios puedan acceder a todos los nuevos servicios.
Asimismo, garantizará la competencia efectiva entre los diferentes operadores, asegurando que disponen de igualdad de oportunidades para hacer llegar sus servicios hasta las viviendas de sus clientes.
Además, El Real Decreto pretende que su texto tenga validez en el tiempo, para su posible adaptación, tanto desde el punto de vista constructivo, como del estrictamente técnico.
Como novedad, en el Real Decreto 401/2003 destaca que se aclara el derecho de los usuarios a instalar sistemas individuales cuando el servicio que se quiere contratar no se pueda proveer a través de la infraestructura común de telecomunicaciones, normalmente porque ésta no existe o porque no se prevé su instalación.
Concreta además el Real Decreto las responsabilidades de los ingenieros que firman los proyectos y los certificados, y de los Colegios Profesionales que realizan el visado, aumentando las garantías de que el proyecto reúne los requisitos exigidos en la normativa.