La reforma tiene por objeto acomodar los presupuestos y plazos máximos de duración de la prisión preventiva o provisional a las previsiones que el Tribunal Constitucional ha concretado en sus resoluciones.
La medida surge, además, como una necesidad dentro del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia, suscrito por todos los grupos políticos, en el que se enuncia como una prioridad la reforma de la prisión provisional.
El Proyecto elimina el automatismo en la decisión judicial y la adopción de la medida de prisión, de manera que el juez, a propuesta del Ministerio Fiscal, determine la conveniencia de la aplicación de la prisión provisional tomando en consideración el tipo de delito cometido, el daño hecho a la sociedad y la reincidencia o habitualidad.
Asimismo, el Proyecto arbitra los instrumentos jurídicos necesarios para impedir que durante la tramitación de una causa el imputado pueda reincidir en la comisión de hechos delictivos.
El Proyecto de Ley Orgánica de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en materia de Prisión Provisional también establece nuevas medidas de protección para las víctimas, en especial para las de la violencia doméstica.