La Ley Foral 35/2002 tiene en cuenta, por un lado, el nuevo marco del ordenamiento jurídico del Estado y, por otro, el desarrollo reciente de las competencias de Navarra.
Una de las finalidades de la Ley Foral es coadyuvar desde el ordenamiento jurídico en la necesidad de que los ciudadanos de Navarra tengan una vivienda digna y de fácil adquisición.
Es por tanto el objetivo principal de la Ley la regulación de la actividad de ordenación del territorio, de la actividad urbanística y el régimen de utilización del suelo y de los instrumentos de intervención en el mercado del suelo, en la Comunidad Foral de Navarra.
Asimismo, la Ley Foral 35/2002 persigue la colaboración entre las diversas Administraciones Públicas, fundamentalmente entre la Administración de la Comunidad Foral y las entidades locales.
La Ley Foral se estructura en siete títulos, a los que deben adicionarse la disposición adicional, transitorias, derogatoria y finales.
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<a href="http://www.cfnavarra.es/bon/02C/02C27001.htm">Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo</a>