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  • EDICIÓN DE 08/08/2002
 
 

LOCALES DE PÚBLICA CONCURRENCIA

08/08/2002
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Decreto 217/2002, de 1 de agosto, por el que se regulan los locales de pública concurrencia donde se ejerce la prostitución (DOGC de 8 de agosto de 2002).

El Decreto trata de cubrir el vacío legal existente en relación con la actividad que se realiza dentro de los locales de pública concurrencia regulando las condiciones y controles higiénico-sanitarios de éstos locales.

El Decreto 217/2002 tiene el objetivo de preservar el orden público, de garantizar la seguridad y la higiene de los locales, de evitar molestias a terceros, de defender los derechos y la seguridad de la ciudadanía y de proteger a las personas menores de edad.

Para lograr estos objetivos, el Decreto establece los requisitos y las condiciones que tienen que reunir los locales de pública concurrencia donde se ejerce la prostitución, así como los reservados anexos donde se desarrolla la prestación de servicios de naturaleza sexual, y establecer las limitaciones y las prohibiciones inherentes a estos tipos de establecimientos.

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