El Decreto 2/1998 de 9 de enero, de organización y funcionamiento de la Asesoría Jurídica del Gobierno de La Rioja, reguló por vez primera los Servicios Jurídicos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
La modificación de la estructura organizativa del Gobierno de La Rioja en el año 1999 dio lugar a la creación de la Dirección General de los Servicios Jurídicos, adscrita a la Consejería de Desarrollo Autonómico y Administraciones Públicas.
Su función principal es la de asesoramiento en Derecho, la representación y defensa ante los Tribunales y Juzgados de cualquier orden grado y jurisdicción, de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, sus Organismos Públicos y Empresas Públicas.
El Decreto 36/2002 tiene por finalidad adecuar a la nueva estructura organizativa la norma reguladora de la Dirección General de los Servicios Jurídicos, introduciendo modificaciones desde el punto de vista organizativo y funcional.
La estructura del Decreto autonómico es la siguiente:
El capítulo I define con carácter general las funciones de la Dirección General.
En los capítulos II y III se regulan las funciones consultivas y contenciosas de la Dirección General de los Servicios Jurídicos.
El capítulo IV recoge otras funciones de la Dirección General como las de asistencia a Mesas de Contratación, Juntas, Comisiones y demás órganos colegiados, bastanteo de documentos y legitimación de firmas.
El capítulo V establece algunas normas básicas relativas a los Letrados de la Dirección General de los Servicios Jurídicos.