Diario del Derecho. Edición de 09/05/2025
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/02/2013
 
 

Ley de tasas

La Abogacía Española ve "insuficientes" las medidas sobre tasas de Gallardón y pide derogar la ley y empezar a negociar

21/02/2013
Compartir: 

El Consejo General de la Abogacía Española ha calificado este miércoles de "insuficientes" las reformas "inminentes" a la ley de tasas judiciales anunciadas por el Ministerio de Justicia y ha reclamado al ministro Alberto Ruiz Gallardón que derogue la ley para que se puede iniciar un periodo de negociación los operadores jurídicos.

MADRID, 20 (EUROPA PRESS)

El Ministerio ha comunicado a la Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, reformas que incluyen la reducción en un 80 por ciento de las tasas variables a personas físicas, la eliminación de las tarifas en casos de desahucios de viviendas habituales y en la ejecución de laudos arbitrales de consumo, así como la reducción de las tarifas en procesos por multas de tráfico.

Para la Abogacía Española, estas reformas no resuelven "el ataque contra el acceso a la justicia" que supone la aprobada ley de tasas, por lo que ha reclamado la "inmediata" derogación de la ley, con la consiguiente suspensión de su aplicación, y la apertura de un periodo de diálogo y negociación con todos los operadores jurídicos que, "si se hubiera producido en su momento", habría evitado el "atropello" a los derechos constitucionales de los ciudadanos.

En un comunicado, la Abogacía Española ha enfatizado que "los defectos técnicos" de la ley no se han subsanado con las reformas anunciadas por el ministro, que no modifican ni la cuantía fija de las tasas ni su ámbito de aplicación, "que mantiene la inclusión de las personas físicas", ni "el hecho imponible ni las exenciones, ni introducen supuestos de no sujeción".

Asimismo, ha argumentado que a pesar de la reducción de las tasas variables a personas físicas se seguirá sin atender "a la real capacidad económica de los ciudadanos, que seguirán obligados, en su caso, a abonar hasta 2.800 euros por presentar un recurso de apelación civil o hasta 3.200 euros por una casación civil".

Igualmente, ha considerado una "mala decisión legislativa" la "pretendida corrección" del ámbito subjetivo de la Ley de Tasas a través de la modificación de la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. En este sentido, ha señalado que "al exigirse el pago de la tasa a todo aquel que no tenga reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita (artículo 4.2.a) se está impidiendo el acceso a los tribunales, lo que es inadmisible en un Estado de Derecho e incompatible con la defensa de los derechos de los ciudadanos".

Finalmente, ha calificado de "insuficiente" la decisión de devolver la tasa a los nuevos beneficiarios de la justicia gratuita ya que, en su opinión, "debería extenderse a todos aquellos que han abonado unas tasas que ahora el Ministerio reconoce como excesivas y desproporcionadas".

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El Tribunal Supremo archiva de forma definitiva la querella por genocidio contra varios dirigentes del Frente Polisario
  2. Actualidad: La AN condena a los líderes de Gürtel y al exalcalde de Arganda por las adjudicaciones irregulares en la localidad
  3. Estudios y Comentarios: Apagón, pero sin que el Estado asuma la factura, salvo sorpresa; por Luis Miguez Macho, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Santiago de Compostela
  4. Actualidad: El TS inadmite el recurso de Audenasa contra la sentencia del TSJN que desestimó la demanda de compensación de 53 millones
  5. Actualidad: El Supremo se opone a dar un segundo indulto a Junqueras para perdonar la pena de inhabilitación del 'procés'
  6. Legislación: Estructura orgánica básica de la Consejería de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias
  7. Estudios y Comentarios: Una política eléctrica condicionada por objetivos no energéticos; por José Carlos Laguna de Paz, Catedrático de Derecho Administrativo
  8. Tribunal Supremo: El trabajador indefinido no fijo al que se le extingue el contrato por cobertura reglamentaria de la plaza que venía ocupando y es nuevamente contratado, tiene acción para reclamar y derecho a percibir la indemnización propia del despido objetivo
  9. Tribunal Supremo: Están sujetas al IVA las obras de construcción de infraestructuras hidráulicas, ejecutadas por una comunidad de regantes y destinadas a la distribución de aguas para riego
  10. Tribunal Supremo: La movilidad geográfica decidida por la empresa no es una de las causas de extinción del contrato de trabajo contenidas en el art. 207.1 d) de la LGSS, en la redacción anterior a la Ley 21/2021, para poder acceder a la jubilación anticipada

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana