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El Congreso de los Diputados aprueba la Ley del Servicio Postal Universal

22/12/2010
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El Pleno del Congreso de los Diputados aprobó ayer la Ley del Servicio Postal Universal, de los derechos de los usuarios y del mercado laboral, a la que se incorporaron todas las enmiendas introducidas por el Senado. Con este último paso se concluye la tramitación parlamentaria de esta ley, que será publicada en el Boletín Oficial del Estado para su entrada en vigor.

La Cámara aprobó, por 187 votos a favor, 6 en contra y 155 abstenciones las enmiendas del Senado al índice, al preámbulo y a la disposición final séptima del Proyecto de Ley del Servicio Postal Universal, de los Derechos de los usuarios y del mercado laboral. Las enmiendas referentes a la disposición adicional octava del mismo Proyecto también han sido aprobadas por 186 votos a favor, 9 en contra y 153 abstenciones. De igual manera la Cámara Baja ha dado luz verde al resto de las enmiendas por 337 votos a favor, 6 en contra y 4 abstenciones.

El objeto del presente Proyecto de Ley es proporcionar "un nuevo marco legal que, al mismo tiempo que incorpora a nuestro ordenamiento interno la citada Directiva postal 2008/6/CE, garantiza los derechos de los ciudadanos a recibir un servicio postal universal de amplia cobertura territorial y elevada calidad y eficiencia" y refuerza la sostenibilidad financiera de este servicio que se encomienda a la sociedad estatal de Correos y Telégrafos, S.A.

Entre las enmiendas introducidas por el Senado esta una nueva Disposición adicional octava que contiene medidas adicionales a las contenidas en las Disposiciones adicionales cuadragésima primera y segunda de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010, para autorizar a determinadas sociedades concesionarias de autopistas de peaje, con niveles de tráfico muy inferiores a los previstos, crear una cuenta de compensación que permita anticipar ingreso de peaje futuros, necesarios en la coyuntura económica actual para mantener la viabilidad de las concesiones, como una medida transitoria durante un plazo de tres años.

Se añaden también una nueva Disposición Adicional novena en la que se modifica el plazo inicialmente otorgado al Gobierno, para dictar un texto refundido de la legislación vigente en materia de puertos de interés general y de la Marina Mercante, ampliándolo hasta el 31 de diciembre de 2011. Así como una nueva Disposición adicional décima para facilitar, excepcionalmente, la realización de los rellenos en el dominio portuario del Puerto de Bilbao contemplados en los proyectos para el desarrollo urbanístico de Zorrotzaurre.

Otro de los cambios propuestos por el Senado afectan a la Disposición Transitoria Única y tienen objeto que la Comisión Nacional del Sector Postal tenga un margen suficiente para poder realizar las renovaciones de las inscripciones de los operadores del mercado postal en el Registro de Empresas Prestadoras de Servicios Postales. También se han añadido tres apartados nuevos a la Disposición Final Primera para que se mantengan las funciones de control propias de un organismo independiente, de la Comisión Nacional del Sector Postal. Asimismo se introduce una nueva redacción en la Disposición Final Segunda para regular la adopción, por parte de la Comisión Nacional del Sector Postal, en colaboración con los organismos competentes de las medidas necesarias que garanticen el efectivo funcionamiento del censo promocional.

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