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Hacia el totalitarismo; de Jorge de Esteban, Catedrático de Derecho Constitucional

30/07/2010
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El día 29 de julio de 2010, se ha publicado en el diario El Mundo, un artículo de Jorge de Esteban en el cual el autor opina sobre la prohibición de las corridas de toros en Cataluña. Trascribimos íntegramente dicho artículo.

HACIA EL TOTALITARISMO

Hace años, durante la horrorosa postguerra franquista, cuando ampliaba estudios en el extranjero, hastiado de un país totalitario del que me evadí -porque casi todo estaba prohibido- tuve que responder muchas veces a las preguntas que me hacían los extranjeros sobre la tradición taurina en España.

Muchos de mis interlocutores sostenían la tesis de que las corridas de toros, con tanto auge entonces, eran producto del subdesarrollo económico y que, a medida que España conociese la modernización, acabarían desapareciendo. Nadie, -sostenían- querría jugarse la vida si era posible dedicarse a una ocupación menos peligrosa.

España es uno de los 10 países más desarrollados del mundo y los toros continúan atrayendo el fervor de muchos españoles y también de extranjeros. ¿Qué significa entonces esta supervivencia de la Fiesta? Pues simplemente, que forma parte del patrimonio cultural -guste a unos y a otros no- de nuestro país. Tierno Galván llegó a escribir, tal vez exageradamente, que “los toros son el acontecimiento que más ha educado social, e incluso políticamente, al pueblo español”. Sea lo que fuere, el hecho es que la afición a los toros ha marcado profundamente la literatura, la poesía, la escultura o la pintura españolas, confiriendo así un rasgo característico a nuestra cultura que la hace especialmente atractiva para los ciudadanos de muchos países.

Por consiguiente, al margen de la posible crueldad para unos del espectáculo taurino, el arte que comporta su práctica, que hizo inspirarse a poetas como Lorca, forma parte del patrimonio histórico, cultural y artístico que el artículo 46 de la Constitución obliga a que los poderes públicos garanticen radicalmente. Y, más adelante, el artículo 149.1.28, insiste en la misma idea, señalando como competencia exclusiva del Estado la “defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental español”; dejando, en su caso, únicamente a las comunidades la gestión de ese patrimonio pero, en ningún caso, la legislación y, menos aún, la prohibición de cualquiera de sus facetas. En consecuencia, el Parlamento catalán, que, tras la entrada en vigor del desdichado Estatut, se halla borracho de soberanismo, se ha excedido en una competencia que no le corresponde, pero de la que se ha apropiado en su artículo 127. Al mismo tiempo, la Generalitat no deja de dar pasos hacia el alejamiento de España y de acercamiento al totalitarismo.

Los aficionados catalanes pueden sortear esta prohibición acudiendo a las plazas de toros del sur de Francia, de igual modo que hace 50 años se iba a ver a Perpiñán las películas prohibidas por el franquismo o, en todo caso, les cabe esperar a que se apruebe una ley estatal que garantice lo expuesto en el artículo 46 de la Constitución.

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