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EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL SUSPENDE LAS LEYES DE PARIDAD ELECTORAL DE CASTILLA-LA MANCHA Y BALEARES

18/10/2002
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El Tribunal Constitucional ha acordado suspender la vigencia y aplicación de los preceptos de la leyes de paridad electoral aprobadas por los Parlamentos de Castilla-La Mancha y Baleares al admitir a trámite los recursos presentados por el Gobierno.

Esta decisión supone que el Tribunal Constitucional estudiará la constitucionalidad de dos de los artículos de estas leyes que garantizan la igualdad de representación entre hombres y mujeres a partir de las elecciones autonómicas del próximo año en los Parlamentos de estas Comunidades.

El Consejo de Ministros acordó interponer el pasado 27 de septiembre dos recursos de inconstitucionalidad contra el artículo 1 de ambos textos legislativos al considerar que vulneran varias disposiciones de la Constitución en referencia a la exclusividad del Estado para garantizar la igualdad de los ciudadanos.

Tanto la ley del Parlamento balear, aprobada el pasado 18 de junio, como la de las Cortes de Castilla-La Mancha, que salió adelante nueve días después, obliga a los partidos políticos que concurran a los comicios autonómicos a presentar candidaturas donde figuren correlativamente hombres y mujeres.

Según se señala en la Providencia del Tribunal Constitucional, los preceptos impugnados quedan en suspenso desde la fecha de interposición de los recursos para las partes del proceso.

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