§1016580
CONVENIO ESTABLECIDO SOBRE LA BASE DEL ARTÍCULO K.3 DEL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA, RELATIVO A LA UTILIZACIÓN DE LA TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN A EFECTOS ADUANEROS, HECHO EN BRUSELAS EL 26 DE JULIO DE 1995.
Estados Parte
Tabla omitida.
El presente Convenio que se aplicaba provisionalmente desde el 1 de noviembre de 2000 y que fue publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 268, de 8 de noviembre de 2000, entró en vigor de forma general y para España el 25 de diciembre de 2005, posteriormente entró en vigor para Polonia el 16 de febrero de 2006, de conformidad con lo establecido en su artículo 25.
De conformidad con el artículo 6 del Acuerdo sobre la Aplicación Provisional entre determinados Estados miembros de la Unión Europea del Convenio, establecido sobre la base del artículo K3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la utilización de la tecnología de la información a efectos aduaneros (Bruselas, 26 de julio de 1995), publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 268, de 8 de noviembre de 2000, el citado Acuerdo ha expirado.
Lo que se hace público para conocimiento general.