2. La difusión de la Carta de Servicios del Fondo Andaluz de Garantía Agraria se llevará a cabo en las dependencias de los Servicios de Ayudas de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca, así como a través de la página web www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/ publico/, donde se podrá acceder a su contenido íntegro.
3. Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
4. La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.