Diario del Derecho. Edición de 18/06/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 21/09/2004
 
 

CENSO DE ENTIDADES QUE TIENEN POR FINALIDAD EL FOMENTO DE LA LENGUA CATALANA

21/09/2004
Compartir: 

Resolución PRE/2463/2004, de 9 de agosto, sobre la inclusión de entidades en el Censo de entidades que tienen por finalidad el fomento de la lengua catalana (DOGC de 21 de septiembre de 2004). Texto completo.

RESOLUCIÓN PRE/2463/2004, DE 9 DE AGOSTO, SOBRE LA INCLUSIÓN DE ENTIDADES EN EL CENSO DE ENTIDADES QUE TIENEN POR FINALIDAD EL FOMENTO DE LA LENGUA CATALANA

Dado lo que dispone la Orden CLT/82/2002, de 15 de marzo (DOGC núm. 3603, de 26.3.2002), por la que se regula la elaboración y actualización del Censo de entidades que tienen por finalidad el fomento de la lengua catalana;

Dadas las memorias anuales que acreditan el cumplimiento de la finalidad de fomento de la lengua catalana, presentadas a la Secretaría de Política Lingüística por las entidades incluidas en el Censo de entidades de 2002 y de 2003;

Dadas las nuevas solicitudes presentadas al amparo de la citada disposición y una vez evaluadas de acuerdo con el articulado que rige la inclusión en el Censo de estas entidades,

Resuelvo:

1 Renovar la inclusión en el Censo de entidades que tienen por finalidad el fomento de la lengua catalana a las entidades admitidas según la Resolución CLT/2661/2002, de 13 de septiembre, que se detallan en el anexo 1, y a las entidades admitidas según la Resolución CLT/2012/2003, de 16 de junio, que se detallan en el anexo 2.

2 Incluir la entidad que se detalla en el anexo 3 en el Censo de entidades que tienen por finalidad el fomento de la lengua catalana.

3 Todas las entidades incluidas en el Censo deben presentar la memoria anual que acredite el cumplimiento de la finalidad de fomento de la lengua catalana durante el año anterior a la Secretaría de Política Lingüística.

4 Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las entidades interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el Primer Consejero del Departamento de la Presidencia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación correspondiente.

Anexo 1

Entidades que renuevan su inclusión en el Censo

1. Associació Amics de la Bressola.

2. Associació de Cantants i Intèrprets Professionals en Llengua Catalana. ACIC.

3. Associació Cultural Músics per la Llengua.

4. Associació en Defensa de l'Etiquetatge en Català. ADEC.

5. Associació d'Editors en Llengua Catalana.

6. Associació d'Escriptors en Llengua Catalana.

7. Associació Llengua Nacional.

8. Associació per a la Llengua “El Raig”.

9. Associació de Publicacions Periòdiques en Català. APPEC.

10. Associació per a la Salvaguarda del Patrimoni Historicocultural de l'Alguer.

11. Ateneu d'Acció Cultural. ADAC.

12. Bloc d'Estudiants Independentistes. BEI.

13. Centre Internacional Escarré per a les Minories Ètniques. CIEMEN.

14. Centre d'Agermanament Occitano-Català. CAOC.

15. Coordinadora d'Associats per la Llengua. CAL.

16. L'Esbarzer.

17. Fundació Congrés de Cultura Catalana. FCCC.

18. Grup Català de Sociolingüística.

19. Institut d'Estudis Eivissencs.

20. Institut de Projecció Exterior de la Cultura Catalana. IPECC.

21. Joves de Mallorca per la Llengua.

22. Organització pel Multilingüisme.

Anexo 2

Entidades que renuevan su inclusión en el Cens

1. Associació Cívica per a la Normalització del Valencià a Elx, El Tempir.

2. Centre de Cultura Catalana del Principat d'Andorra.

3. Fundació Privada Nous Horitzons.

4. Òmnium Cultural.

Anexo 3

Entidad que se incluye en el Censo

1. Associació de Juristes en Defensa de la Llengua Pròpia.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Estudios y Comentarios: Absolutismo presidencial; por Araceli Mangas Martín, catedrática de Derecho Internacional Público en la Universidad Complutense
  2. Estudios y Comentarios: Las bases constitucionales y europeas de la jurisdicción contable; por Luis María Díez-Picazo, Catedrático de Derecho Constitucional y Magistrado del Tribunal Supremo
  3. AN, TSJ, AAPP: No cabe la extinción del contrato por acoso laboral sin reseñar ningún acto, comportamiento o práctica inaceptable hacia un trabajador por parte de la empresa, y sin identificar al autor o autores del supuesto acoso
  4. Estudios y Comentarios: La primera década de un Rey “constitucional”, por Manuel Aragón, catedrático emérito de Derecho Constitucional y magistrado emérito del Tribunal Constitucional
  5. Actualidad: La AN condena a 'Txapote' y 'Amaia' por el asesinato del concejal del PP Manuel Zamarreño con un ciclomotor-bomba
  6. Actualidad: El Supremo deniega bajar la pena a un condenado en Sevilla por violar a su hermana menor que alegaba la Ley Orgánica 10/2022
  7. AN, TSJ, AAPP: La decisión de la empresa de no considerar como tiempo de trabajo efectivo los periodos destinados al uso del baño constituye una modificación sustancial de las condiciones de trabajo
  8. Actualidad: Las solicitudes de becas de Justicia para opositar a juez, fiscal, abogado del Estado o LAJ aumentan un 30%
  9. Agenda: Cuarta escuela de Verano de la Facultad de Derecho de la Universidad de Murcia
  10. Tribunal Supremo: Los causahabientes del beneficiario del régimen de ayuda a la dependencia tienen derecho a que continúe el procedimiento para concretar el Programa Individual de Atención, no siendo procedente su archivo por pérdida sobrevenida de objeto

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana