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SUBVENCIONES RELATIVAS A LAS ACCIONES DE DESARROLLO LOCAL QUE PROMUEVE EL SERVICIO DE EMPLEO DE CATALUÑA

03/08/2004
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Resolución TRI/2162/2004, de 22 de julio, por la que se modifican los importes máximos destinados a la concesión de subvenciones para el año 2004 relativas a las acciones de desarrollo local que promueve el Servicio de Empleo de Cataluña mediante pactos territoriales para el empleo durante el periodo 2003-2006 (DOGC de 3 de agosto de 2004). Texto completo.

RESOLUCIÓN TRI/2162/2004, DE 22 DE JULIO, POR LA QUE SE MODIFICAN LOS IMPORTES MÁXIMOS DESTINADOS A LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL AÑO 2004 RELATIVAS A LAS ACCIONES DE DESARROLLO LOCAL QUE PROMUEVE EL SERVICIO DE EMPLEO DE CATALUÑA MEDIANTE PACTOS TERRITORIALES PARA EL EMPLEO DURANTE EL PERIODO 2003-2006

El artículo 3.1 de la Resolución TRI/864/2004, de 1 de abril, de convocatoria para el año 2004 para presentar solicitudes relativas a las acciones de desarrollo local que promueve el Servicio de Empleo de Cataluña mediante pactos territoriales para el empleo durante el periodo 2003-2006 (código de convocatoria Z36), DOGC núm. 4106, de 5.4.2004, prevé que el importe máximo de las subvenciones correspondientes a esta convocatoria es de 8.068.814 euros, a cargo de la partida presupuestaria 18.04.461.180100/3221 del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2003, prorrogado.

Visto que se han obtenido fondos adicionales para el otorgamiento de subvenciones para la realización de acciones de desarrollo local que promueve el Servicio de Empleo de Cataluña mediante pactos territoriales para el empleo para el ejercicio 2004, es necesario modificar el artículo 3.1 de la Resolución TRI/864/2004, de 1 de abril, antes mencionada, relativa a los importes máximos destinados al otorgamiento de las subvenciones para la realización de estas acciones.

Considerando lo que disponen el capítulo IX del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña (DOGC núm. 3791A, de 31.12.2002), y la Ley 6/2004, de 16 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para el 2004 (DOGC núm. 4179, de 21.7.2004);

Vistos los informes previos de la Asesoría Jurídica y de la Intervención Delegada, a propuesta del director del Servicio de Empleo de Cataluña y en uso de las facultades que me confiere el artículo 12 de la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña,

Resuelvo:

Artículo único

Se modifica el artículo 3.1 de la Resolución TRI/864/2004, de 1 de abril, que queda redactado de la siguiente manera:

“Artículo 3

“Aplicación presupuestaria y financiación

“3.1 El importe máximo de las subvenciones correspondientes a esta convocatoria es de 14.456.470,00 euros, a cargo de la partida presupuestaria 6204.D/461620000/0000 (código de reserva de crédito Z36) del presupuesto de la Generalidad de Cataluña para el año 2004.”.

Disposición final

Esta Resolución producirá efectos al día siguiente de su publicación en el DOGC.

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