La Ley 2/2003 crea el Servicio Público de Empleo como órgano de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha participado por la Administración y los agentes sociales más representativos de la Comunidad Autónoma.
Su principal función es poner en conexión la oferta y la demanda de empleo y posibilitar la obtención de un empleo por parte de los trabajadores que así lo demanden, con especial referencia en mujeres, jóvenes, parados de larga duración y discapacitados.
La Ley 2/2003 establece que el Servicio Público de Empleo es un organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito a la Consejería que tenga atribuidas las competencias de Empleo.
El Servicio Público de Empleo tiene personalidad jurídica propia y está dotado de autonomía administrativa y financiera para el cumplimiento de sus fines, así como para la gestión de su patrimonio y de los fondos que se le asignen.
Los objetivos que persigue la Ley 2/2003 con la creación de este órgano son, entre otros, la transparencia del mercado de trabajo, el fomento de la innovación, la coordinación interadministrativa, la simplificación de trámites y la unidad de mercado de trabajo.