El Real Decreto 1204/2002 modifica la anterior normativa sobre el Observatorio de la Pequeña y Mediana Empresa en lo que a su composición y funciones se refiere.
La nueva composición del Pleno del Observatorio estará adaptada a la actual estructura de los departamentos ministeriales. Además el Real Decreto 1204/2002 amplía la representación de las Comunidades y Ciudades Autónomas, por lo que se pasa de doce vocalías a diecisiete.
El Pleno queda completado con un representante del Instituto Nacional de Estadística, un representante de las entidades locales, siete vocales en representación de las organizaciones empresariales más representativas y seis expertos en materias que afecten a las pequeñas y medianas empresas.
Además, el Real Decreto modifica las funciones y régimen de funcionamiento para que el Observatorio constituya un efectivo instrumento de análisis, debate y difusión de las cuestiones más relevantes.
De esta manera, el Real Decreto 1204/2002 refuerza el papel interlocutor del Observatorio entre la Administración y las pequeñas y medianas empresas, a través de las organizaciones empresariales que formarán parte del mismo.