El Decreto 154/2002 establece un régimen jurídico diferenciado en algunos aspectos del recogido en la normativa estatal de las autorizaciones habilitantes para el ejercicio de la actividad de transporte terrestre sanitario, así como los requisitos de los vehículos afectos a la actividad.
El Decreto autonómico establece los requisitos objetivos y subjetivos que han de concurrir en el solicitante de las autorizaciones administrativas en esta materia, las características de los vehículos, las modalidades de ejercicio de la actividad, las condiciones de otorgamiento y los procedimientos de expedición, sustitución, extinción y rehabilitación de las autorizaciones.
El objeto del Decreto 154/2002 es la regulación del transporte terrestre sanitario que se realiza en el ámbito territorial de Canarias, ya sean servicios urbanos o interurbanos, así como el establecimiento de los requisitos que deben cumplir los vehículos que presten tales servicios.