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La prohibición de los matrimonios infantiles y precoces en los países latinoamericanos: un balance de los derechos en juego. (RI §427382)  


Banning child marriages and early marriages in latin american countries: an a balance of rights at stake - Ana María Vega Gutiérrez

El trabajo analiza las reformas legislativas sobre la edad para contraer matrimonio emprendidas por numerosos países de la comunidad iberoamericana para dar cumplimiento la meta 3 del Objetivo 5 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, aprobada en 2015 por las Naciones Unidas. La prohibición de los matrimonios infantiles exige un equilibrio entre derechos en juego: la libertad de contraer y la protección de los menores, para valorar que la injerencia es adecuada, necesaria y proporcional. A la luz de las razones expuestas en el trabajo, se hace un balance de la naturaleza jurídica de la edad para contraer matrimonio, concebida como una presunción jurídica de capacidad natural para el matrimonio. Esto permite detectar que, en muchos casos, la práctica de los matrimonios infantiles es un problema de ausencia o defecto de consentimiento matrimonial por violencia, miedo o simulación total, pero en otros obedece a causas estructurales a las que los sistemas jurídicos deberían dar una respuesta más coherente e integral, atajando los problemas que subyacen en esas prácticas nocivas.

1. Afrontar el difícil equilibro para garantizar el ius connubii y la protección del menor. 2. Delimitación conceptual: matrimonio precoz o temprano, matrimonio concertado, matrimonio forzado. 3. El matrimonio infantil desde la perspectiva de los derechos humanos: 3.1. Principios informadores: el reconocimiento de la autonomía progresiva del menor y la protección del interés superior del menor. 3.2. Relaciones entre la capacidad natural, la edad y la capacidad de obrar. 4. La edad núbil como expresión del justo ejercicio del ius connubii: 4.1. Contenido esencial del ius connubii en los textos internacionales de derechos humanos. 4.2. Naturaleza jurídica de la edad núbil. 4.3. La edad núbil en los derechos religiosos. 5. La construcción del matrimonio infantil como un problema global. 6. Repercusiones del derecho internacional y de la Agenda 2030 en las legislaciones civiles de España y de los países latinoamericanos: 6.1. Eficacia civil de los matrimonios infantiles en España. 6.2. Eficacia civil de los matrimonios infantiles en los países de América Latina. 6.3. Un balance de las reformas. 7. Conclusiones.

Palabras clave: matrimonio infantil; impedimento de edad; libertad de contraer matrimonio; autonomía de voluntad; capacidad matrimonial; capacidad natural.;

This paper analyses the legislative reforms on the age of marriage undertaken by numerous countries in the Ibero-American community to comply with target 3 of Goal 5 of the 2030 Agenda for Sustainable Development, approved in 2015 by the United Nations. The prohibition of child marriages requires a balance between the rights at stake: the freedom to marry and the protection of minors, in order to assess whether the interference is appropriate, necessary and proportional. In the light of the reasons set out in the paper, an assessment is made of the legal nature of the age of marriage, conceived as a legal presumption of natural capacity for marriage. This allows us to detect that, in many cases, the practice of child marriages is a problem of lack or defect of marital consent due to violence, fear or total simulation, but in others it is due to structural causes to which legal systems should give a more coherent and comprehensive response, tackling the problems that underlie these harmful practices.

Keywords: child marriage; age bar; freedom to marry; autonomy of will; marital capacity; natural capacity.;

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