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Juana Pulgar Ezquerra. Catedrático de Derecho Mercantil, Universidad Complutense de Madrid.

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Javier Megías López. Profesor Titular de Derecho Mercantil, Universidad Complutense de Madrid.

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Probabilidad de insolvencia, consentimiento del deudor y consentimiento de los socios. (RI §426591)  


Likelihood of insolvency, debtor's agreement and shareholders’ agreement - Nuria Latorre Chiner

En el nuevo régimen jurídico de las reestructuraciones preventivas, cuando la sociedad de capital se halla en un estado de probabilidad de insolvencia, se requiere un acuerdo de la junta general favorable al plan para que este se pueda homologar judicialmente. La necesidad de este acuerdo se ha venido justificando en que, en dicho estado de insolvencia, el deudor no ha incumplido todavía sus obligaciones, aún goza del privilegio del plazo y no puede verse arrastrado por un plan de reestructuración. El presente trabajo analiza si el poder de vetar la reestructuración que se otorga a los socios, encuentra, realmente, amparo en la Directiva 2019/1023 o, por el contrario, atenta contra una de sus máximas: que los tenedores de participaciones no impidan u obstaculicen injustificadamente la adopción, la confirmación o la ejecución de los planes de reestructuración.

I. Introducción. II. El derecho del deudor de acogerse a un marco de reestructuración preventiva. III. El acuerdo de la junta general sobre el plan de reestructuración. 1. El consentimiento de los socios en el TRLC. 2. Razones que justifican la opción del legislador español. 3. El acuerdo de la junta sobre la procedencia de la reestructuración y el acuerdo de la junta sobre el plan. 4. Propuestas de lege ferenda. IV. Bibliografía.

Palabras clave: probabilidad de insolvencia; plan de reestructuración; consentimiento de los socios; junta general; homologación judicial; arrastre de clases.;

Under the new legal regime for preventive restructuring frameworks, when the difficulties of the company indicate only a likelihood of insolvency, an agreement of the general meeting in favour of the plan is required for it to be confirmed by a judge. The need for such an agreement has been justified on the grounds that, in the likelihood of insolvency, the debtor has not yet defaulted, still enjoys the benefit of any applicable term and therefore cannot be bound by a plan that he has not approved. This paper analyses whether this veto power granted to shareholders is in line with one of the central tenets of Directive 2019/1023: equity holders are not allowed to unreasonably prevent or create obstacles to the adoption, confirmation and implementation of a restructuring plan.

Keywords: likelihood of insolvency; restructuring plan; shareholders’ agreement; general meeting; judicial confirmation; cross-class cram-down.;

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