Además del análisis de la nueva legislación italiana sobre la cadena perpetua “ostativa” y el régimen penitenciario “ostativo” (Art. 4 bis del Ordenamiento penitenciario), el artículo repasa los planteamientos jurisprudenciales más recientes sobre la “pena perpetua”, tanto del Tribunal Europeo de Derechos Humanos como del Tribunal Constitucional Italiano, ofreciendo una interpretación de las posturas que sugieren la abolición de la cadena perpetua “ostativa”. Aunque son diversos los posibles efectos atribuibles de facto a la pena, el trabajo reivindica la necesidad de reformar el régimen “ostativo” vigente en Italia, tratando así de asegurar el cumplimiento de la finalidad reeducativa y resocializadora que la Constitución italiana atribuye de iure a la pena.
1. Encerrados hasta la muerte: la ‘moralidad’ de la cadena perpetua sin posibilidad de obtener beneficios; 2. La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en materia de cadena perpetua “ostativa”; 3. Las conclusiones de la Sentencia núm. 253/2019 del Tribunal Constitucional italiano y la Sentencia núm. 97/2021; 4. La novedad legislativa “urgente” del Decreto-Ley núm. 162 de 31 de octubre de 2022; 5. Hacia una conclusión: el vínculo irrenunciable entre la finalidad reeducadora de la pena y la relación proporcionada entre la sanción y el disvalor del hecho.
In addition to the analysis of the new Italian legislation on life imprisonment and impediment penitentiary regime (Article 4 bis of the penitentiary Code), the article traces the most recent jurisprudential landings on the ‘perpetual sentence’, both of the European Court of Human Rights and of the Italian Constitutional Court, providing a reading of the positions that suggest the abolition of the life imprisonment. Although a variety of possible effects are de facto attributable to the penalty, the work claims the need to reform the impediment regime in force in Italy, thus attempting to ensure compliance with the reeducational and resocialising finalism that the Italian Constitution attributes de jure to the penalty.