Notas de futuro sobre el derecho de enmienda, el procedimiento legislativo y su posible suspensión cautelar en el recurso de amparo parlamentario, a la luz del Auto 177/2022 del Tribunal Constitucional. (RI §425923)
Notes for the future on the right of amendment, the legislative procedure and its possible precautionary suspension in the parliamentary amparo appeal, in the light of Constitutional Court Order 177/2022 -
Carlos Ortega Santiago
El Auto 177/2022 del Tribunal Constitucional, por el que se suspende la tramitación parlamentaria de sendas enmiendas planteadas en el procedimiento legislativo de las Cortes Generales por su presumido carácter heterogéneo respecto de la propuesta normativa que modifican, suscita importantes cuestiones de índole constitucional, como el alcance de los vicios en el procedimiento legislativo para la inconstitucionalidad de las leyes, los límites al derecho de enmienda de los parlamentarios y su vinculación con el derecho de participación política, o el alcance de las medidas cautelares que puede adoptar el Tribunal Constitucional respecto de las resoluciones de las cámaras legislativas de nuestro país.
1.- Introducción. El contexto del Auto. 2.- La facultad de enmienda y su trascendencia en el procedimiento legislativo como contenido esencial del mandato representativo. 3.- Congruencia y homogeneidad en el juicio de inconstitucionalidad de las leyes. 4.- La suspensión del procedimiento legislativo como medida cautelar en el recurso de amparo.
Order 177/2022 of the Constitutional Court, suspending the parliamentary processing of two amendments raised in the legislative procedure of the Cortes Generales due to their presumed heterogeneous nature with respect to the legislative proposal they modify, raises important questions of a constitutional nature, such as the scope of the defects in the legislative procedure for the unconstitutionality of laws, the limits to the right of amendment of parliamentarians and its link with the right to political participation, or the scope of the precautionary measures that the Constitutional Court can adopt with respect to the resolutions of the legislative chambers of our country.