Logo de Iustel
 
 
Sello de Calidad de la Fundación Española para la Ciencia y la TecnologíaDIRECTOR
Luis Enrique de la Villa Gil (Catedrático Emérito DTSS, Uam. Abogado)

SECRETARIO GENERAL
José Ignacio García Ninet (Catedrático Emérito DTSS, U. Barcelona)


Menú de la revista

Conexión a la revista

 

El papel de la negociación colectiva en la regulación y aplicación de la igualdad de trato. (RI §425876)  


The role of collective bargaining in regulating and implementing equal treatment - Ignacio García Ninet

En el presente estudio se lleva a cabo un análisis del papel que se le adjudica a la negociación colectiva en aras a lograr el principio de igualdad de trato en el marco de las relaciones laborales. Se parte de las fuentes internacionales y nacionales que afectan al tema de la igualdad de trato para, a partir de ellas, ver cómo se articula la negociación colectiva: ¿cómo puede incidir la negociación colectiva en lograr tan difícil propósito de la igualdad de todos los trabajadores, librándolos de una suerte amplia de causas discriminatorias? Todos los países civilizados están seriamente interesados en lograr la igual de trato en el mundo del trabajo y en la erradicación de tantas discriminaciones como siguen existiendo en pleno siglo XXI. Es una materia que ofrece un amplio campo de estudio y actuación a la negociación colectiva. De todos modos, una cosa es la legislación y otra muy diferente la práctica y la realidad de cada día. Sin el control estatal y de la Inspección de Trabajo y demás organismos ministeriales todo quedará en letra mojada inservible, más aún teniendo en cuenta el altísimo porcentaje de medianas y pequeñas empresas con que contamos en España.

I. OBJETO DE ESTUDIO Y FUENTES INTERNACIONALES. 1.1. Objeto del estudio.1.2. Fuentes internacionales. Breves referencias. 1.3. Convenios de la OIT 1.4. El Consejo de Europa. 1.5. La lucha contra la discriminación en la Unión Europea.- II. LAS FUENTES NACIONALES. 2.1. Preceptos principales de la CE 78. 2.2. El Estatuto de los Trabajadores. 2.3. Ley Orgánica 3/2007 (LOI), de 22 de marzo, para tratar de lograr la igualdad efectiva de mujeres y hombres. 2.4. Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad. 2.5. Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres.- III. LEY 15/2022, DE 12 DE JULIO, INTEGRAL PARA LA IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN. 3.1. En papel de la negociación colectiva en la ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y no discriminación. 3.2. Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el RD 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo y su aplicación en la negociación colectiva del año 2022.- IV. CONCLUSIONES.

Palabras clave: Igualdad; discriminación; planes de igualdad; igualdad retributiva; negociación colectiva; igualdad de trato; discriminación de la mujer; causas de discriminación; registro de planes de igualdad; auditoria salarial.;

This study analyses the role of collective bargaining in achieving the principle of equal treatment in industrial relations. It is based on the international and national sources that affect the issue of equal treatment to, from them, see how collective bargaining is articulated: how can collective bargaining affect achieving such an difficult purpose of equality for all workers, freeing them from a wide variety of discriminatory causes? All civilized countries are seriously interested in achieving equal treatment in the world of work and in eradicating as much discrimination as still exists in the twenty-first century. It is a subject that offers a wide field of study and action to collective bargaining. In any case, legislation is one thing and everyday practice and reality are quite another. Without state control and the Labor Inspectorate and other ministerial bodies, everything will be useless in a dead letter, even more so taking into account the very high percentage of medium and small companies that we have in Spain.

I. OBJECT OF STUDY AND INTERNATIONAL SOURCES. 1.1. Object of the study. 1.2. International sources. Brief references. 1.3. ILO Conventions. 1.4. The European Council. 1.5. The fight against discrimination in the European Union.- II. DOMESTIC SOURCES. 2.1. Main precepts of EC 78. 2.2. The Workers' Statute. 2.3. Organic Law 3/2007 (LOI), of 22 March, to try to achieve effective equality between women and men. 2.4. Royal Decree 713/2010, of 28 May, on the registration and deposit of agreements, collective labour agreements and equality plans. 2.5. Royal Decree 902/2020, of 13 October, on equal pay between women and men.- III. LAW 15/2022, OF JULY 12, COMPREHENSIVE FOR EQUAL TREATMENT AND NON-DISCRIMINATION. 3.1. In the role of collective bargaining in Law 15/2022, of July 12, integral for equal treatment and non-discrimination. 3.2. Royal Decree 901/2020, of 13 October, regulating equality plans and their registration and amending Royal Decree 713/2010, of 28 May, on registration and deposit of collective labour agreements and agreements and their application in collective bargaining in 2022.- IV. CONCLUSIONS.

Keywords: Equality; discrimination; equality plans; equal pay; collective bargaining; equal treatment; discrimination against women; causes of discrimination; registration of equality plans; salary audit.;

Documento disponible para usuarios registrados.

Para consultar gratuitamente este artículo primero deberá registrarse como usuario.

 
 
 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana